El teletrabajo se convierte en la alternativa por excelencia que adoptan los empleadores para dar continuidad a sus operaciones una vez se publica el Decreto Ejecutivo 42227-MP-S del 16 de marzo del 2020 de emergencia nacional por el COVID-19 en Costa Rica. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social es el ente de la Administración pública que regula la aplicación del teletrabajo, que se basa en lo dispuesto por la Ley para Regular el Teletrabajo, Ley N° 9738 del 18 de setiembre de 2019, su Reglamento, Decreto Ejecutivo N° 42083 del 20 de diciembre de 2019 y la Directriz N°073-S-MTSS del 09 de marzo de 2020. Con la declaratoria de pandemia la directriz No.073-S-MTSS establece una serie de medidas de coordinación interinstitucional para garantizar el cumplimiento de los protocolos de las autoridades de salud e implementar lineamientos de teletrabajo en las oficinas estatales en ocasión de la alerta sanitaria. Es importante mencionar que esta medida es de carácter temporal para el sector público, a pesar de que varias dependencias del estado implementan esta práctica en su quehacer institucional desde años atrás, enfocado hacia puestos profesionales y que además impacta costos operativos en el uso de espacio o infraestructura. En tanto, para el sector privado el teletrabajo es una práctica común que impacta en menor grado la transición del trabajo presencial hacia una modalidad a distancia. Lo anterior es respuesta a las nuevas exigencias de mercado e interacción con clientes, se rompe con el paradigma de que el trabajo está sujeto a un lugar específico y se comprueba que para la realización de las actividades en puestos teletrabajables, estas se pueden llevar a cabo en cualquier sitio que disponga de facilidades a través de la conectividad, el uso de tecnologías modernas, la comunicación, las medidas de seguridad en materia laboral y riesgos del trabajo y el compromiso de las partes. Es relevante señalar que la normativa aprobada en materia de teletrabajo para Costa Rica post COVID-19, promueve que las organizaciones públicas y privadas, adapten las directrices a protocolos y políticas internas, que clarifiquen las responsabilidades, deberes y derechos de empleadores y colaboradores, las cuales deben guiarse por expertos internos o externos que garanticen la implementación de medidas seguras para la salud laboral y ocupacional, y que indirectamente incide en la salud social y familiar, ya que el hogar se transforma en una extensión de la oficina. La nueva realidad global hace que el mercado laboral deba repensarse y evolucionar hacia nuevos conceptos de cómo hacer las cosas. El teletrabajo se anticipa a la emergencia nacional en el caso de Costa Rica para algunos sectores de la industria, fortaleciendo a ciertas empresas que cuenten con esta alternativa para enfrentar las demandas y necesidades de sus socios estratégicos, a partir del cumplimiento de estándares de calidad y seguridad en la prestación de bienes y servicios, con solo el acceso al trabajo virtual, remoto o a distancia. La metodología utilizada es la consulta bibliográfica a nivel de leyes y decretos sobre el tema, además de una encuesta dirigida a personas que cumplen con la condición de trabajador activo en una organización y que deben acogerse a la modalidad del teletrabajo por contingencia a raíz de la declaratoria de emergencia en el país.