Abstract

El presente trabajo propone reflexionar sobre la definición del caso estructural desde una perspectiva teórico-jurídica situada en el sistema jurídico argentino, aunque conscientemente hospedada por la proyección de la jurisdicción estructural del derecho latinoamericano. Se analizan por separado los dos elementos de la definición propuesta, tales la normatividad expansiva de la decisión y la configuración poli céntrica del caso. A través de casos paradigmáticos de la región, se explica la relación entre ellos, y la manera en que funcionan como determinantes de las reglas del proceso colectivo, y de los remedios complejos. Finalmente, se contrasta la definición provista con la ofrecida por Owen Fiss para los litigios de reforma pública, y se ofrece razones para preferir la perspectiva aquí propuesta en el contexto latinoamericano.

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