La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha producido una nutrida y relevante jurisprudencia en el curso de cuatro décadas, a partir del establecimiento de ese tribunal regional en 1979, año en que entró en vigor la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Esa jurisprudencia consta de un importante número de sentencias, opiniones consultivas y resoluciones sobre medidas provisionales y cumplimiento de sentencias. En este artículo se ofrece un panorama de uno de los sectores más incisivos y trascendentes de la jurisprudencia interamericana, que concierne a los derechos y la situación jurídica de personas consideradas “vulnerables”, en virtud de la situación de debilidad, desvalimiento o marginación en que se encuentran. El contingente de los “vulnerables” constituye una parte sustancial de la población en los Estados sobre los que ejerce jurisdicción la Corte Interamericana. El autor pasa revista a los criterios adoptados por dicho tribunal acerca de diversas categorías de sujetos vulnerables, a los que se refieren varios instrumentos internacionales de alcance universal o regional. Al respecto, son muy significativas las Cien Reglas de Brasilia sobre el Acceso a la Justicia de personas en esa condición, y el Protocolo de Santiago adoptado por la Cumbre Iberoamericana de Tribunales. Las categorías que considera este artículo son: mujeres, niños y niñas, indígenas, afrodescendientes, personas con discapacidad, migrantes, desplazados y personas privadas de libertad, a los que últimamente se añaden otros grupos que han merecido la atención del Tribunal: periodistas, defensores de derechos humanos e integrantes de la comunidad LGBTTI. La jurisprudencia interamericana sobre vulnerables ha influido en la recepción nacional del derecho internacional de los derechos humanos en este ámbito geopolítico.