Abstract

La Constitución cubana de 2019, en vigor desde el 10 de abril de 2019, concibe un sistema de control constitucional que parte de la Asamblea Nacional del Poder Popular, es decir, del órgano que tiene entre sus facultades la función legislativa. Ello sigue una tradición del constitucionalismo socialista establecido por primera vez en Cuba en la Constitución de 1976, que no concibe el referido control por un órgano externo al propio órgano con funciones legislativas. Lo anterior ha supuesto que no se haya logrado crear un sistema coherente y funcional para el control de constitucionalidad, con el inconveniente de que existan disposiciones jurídicas, incluso de la propia Asamblea Nacional, con disposiciones en franca violación constitucional sin que el sistema. El presente trabajo, dentro de esta lógica establecida en la Constitución de 2019, brinda una propuesta para su perfeccionamiento de cara a futuras reformas legislativas.

Full Text
Paper version not known

Talk to us

Join us for a 30 min session where you can share your feedback and ask us any queries you have

Schedule a call

Disclaimer: All third-party content on this website/platform is and will remain the property of their respective owners and is provided on "as is" basis without any warranties, express or implied. Use of third-party content does not indicate any affiliation, sponsorship with or endorsement by them. Any references to third-party content is to identify the corresponding services and shall be considered fair use under The CopyrightLaw.