Abstract

El presente artículo se basa en la denuncia presentada contra la abogada María Paola Carbajal Ponce ante el Consejo de Ética del Colegio de Abogados de Lima, por haber cometido infracciones éticas hacia el practicante a su cargo, Telmo Paz. En específico, se hace referencia al audio en el que se exponen los malos tratos verbales que recibía el practicante por encontrarse inconforme con el trabajo encargado.
 Al respecto, se plantea como la presentación de la denuncia, admisión a trámite y posterior resolución favorable -importante, aunque aún insuficiente- por parte del Consejo de Ética establecen un precedente sobre cómo se deben abordar las infracciones éticas hacia practicantes. Y a su vez, que los abogados tienen obligaciones más allá de las que se crean con sus clientes o centros de trabajo, las cuales refieren a ser íntegros y ser un ejemplo de profesionales para sus pares, haciendo énfasis en los profesionales en formación.
 Finalmente, también se desarrolla que el maltrato y la hostilización laboral horizontal hacia practicantes pre y profesionales es sistemático, e incluso forma parte de la cultura e identidad de la idea de la “adecuada” formación profesional en Derecho, en especial, en estudios de abogados. Lo cual, advierte sobre la carencia de una formación con enfoque ético, porque se construye una incuestionable impunidad y lealtad hacia ambientes de hostilización vertical y violencia cuando, lo natural, es el “pagar piso”.

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