Abstract

El presente artículo desarrollará qué se entiende por «derecho a la educación» y cómo está regulado específicamente en los contextos de encierro, teniendo en cuenta cómo opera el estímulo educativo reglado en el artículo 140 de la Ley 24.660 y su importancia en el proceso de reinserción social de los internos. Se hará una comparación entre lo que sanciona la Ley de Educación Nacional y los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos –con jerarquía constitucional–, que respaldan este derecho y con lo que realmente sucede en el sistema penitenciario. Asimismo, se analizará la jurisprudencia argentina en la que se reconoce el derecho a la educación de las personas privadas de libertad y su importancia para el sistema de progresividad que regula la ley de ejecución penal. Por otro lado, se analizará cómo, en la práctica, ha perdido virtualidad la reducción que regula el artículo 140, al haberse introducido un grupo de delitos impedidos de acceder a los institutos liberatorios, mediante la Ley 27.375. El objetivo central recae en la necesidad de remarcar que la educación, en contextos de encierro, es fundamental para la reinserción social y que el Estado tiene la obligación de garantizar este derecho.

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