Abstract

La adopción abierta se presenta en la Ley 26/2015, de 28 de julio, como una importante novedad en el ordenamiento jurídico, que permite, si las condiciones así lo aconsejan, preservar la relación entre el menor adoptado y su familia de origen. Esta modalidad, que podría, a priori, ser interpretada como una fi gura desconocida y de compleja integración en España, está prevista de cuantiosos mecanismos de garantía, en base a la protección del interés superior del menor.

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