Abstract
El populismo penal se ha transformado, desde la década de 1980, en el paradigma dominante en materia de seguridad pública y control del delito en Occidente. Generalmente, es identificado con discursos reaccionarios y de “mano dura” contra el crimen. Este trabajo, sin embargo, justificará que el populismo penal no solo es compatible con el populismo penal de derecha, sino también con el populismo penal de izquierda o progresista. Se recordará el análisis teórico sobre el populismo de Laclau y, luego, las notas distintivas del populismo penal y el contexto político y social de su emergencia y consolidación. Asimismo, se sostendrá que ciertas características del populismo penal facilitan la vigencia de una práctica acerca de la aplicación del derecho penal: el “interpretativismo” y —su cara más visible— la “doctrina Chavela Vargas de la interpretación”. En esa línea, se recordarán tres sentencias judiciales de altos tribunales argentinos que permiten dar cuenta del fenómeno del populismo penal en sede judicial, vale decir, del uso por parte de los jueces de la “doctrina Chavela Vargas” y los deletéreos efectos que ello trae aparejado para la autoridad del derecho.
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