Abstract

El presente trabajo tiene como objetivo estudiar las implicancias que trae consigo la posibilidad de que el testador incluya una cláusula testamentaria mediante la cual hace reconocimiento de la filiación. Esto porque por una parte se encuentra el carácter esencialmente revocable del testamento y por otra la esencia irrevocable del acto de reconocimiento de filiación. Por lo cual, surgen los siguientes cuestionamientos: ¿puede revocarse esta cláusula testamentaria al estar contenida en un acto esencialmente revocable?, ¿a partir de cuándo surte efectos este reconocimiento?, ¿con su sola declaración o tras la muerte del testador? En este sentido, se estudiarán las principales instituciones del Código civil implicadas en la problemática con la finalidad de realizar un análisis sistemático y brindar una solución coherente con los principios que rigen el Derecho, así como con las normas que regulan su contenido.

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