Abstract

El fenómeno del transporte del material biológico reproductivo humano sigue en continuo crecimiento por la eficacia de las técnicas de crioconservación que permite el traslado de gametos y embriones. La disciplina de los controles de seguridad en los aeropuertos queda bastante uniformada y sistematizada mientras que las estaciones de ferrocarril españolas carecen de protocolos específicos en la materia. El estudio de los aspectos jurídicos sobre la normativa del sector representa, por lo tanto, una necesidad ineludible a la vista de poder garantizar la calidad y la seguridad jurídica y clínica de esos traslados y la circulación en un entorno seguro también en los trenes de alta velocidad. En ese ámbito las pautas vienen marcadas por las disposiciones normativas del Reglamento de transporte por ferrocarril (RID) que constituye la referencia en la materia y cuya implementación, respecto a las muestras reproductivas, no ha producido resultados uniformes en España. La materia se encuentra en continua evolución e interpretación también en función del desarrollo de la ciencia y de la técnica para el transporte de material biológico reproductivo humano.

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