Abstract
El presente trabajo tiene como objetivo determinar el origen del delito de desaparición forzada de personas en América Latina. La metodología que se empleó para llevar a cabo la investigación, consistió en el análisis normativo, histórico y jurisprudencial que a nivel internacional existe en el tema objeto de estudio, utilizando el método teórico analítico. La estructura del artículo inicia con un repaso por la evolución histórica que dicha conducta penal ha tenido en la región. Luego se examinan los precedentes más relevantes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la materia, a los fines de identificar sus principales estándares interpretativos; como así también su recepción en la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, y en los principales tratados y declaraciones internacionales sobre Derechos Humanos. El ensayo concluye con un estudio del impacto reciente de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre Desaparición Forzada de Personas. Finalmente, se arriba a la conclusión de que el citado delito comenzó a practicarse en Guatemala, en el año 1966, para, a partir de allí, expandirse hacia el resto de América Latina.
Highlights
The objective of this paper is to determine the origin of the crime of forced disappearance
The methodology used to carry out the research consisted in the normative
The structure of the article begins with a review of the historical evolution that said criminal behavior has had in the region
Summary
«Frente al desaparecido, en tanto esté como tal, es una incógnita. Si el hombre apareciera, bueno, tendrá un tratamiento X, y si la desaparición se convirtiera en certeza de su fallecimiento, tiene un tratamiento Z; pero mientras sea desaparecido no puede tener ningún tratamiento especial; es una incógnita, es un desaparecido, no tiene entidad, no está ni muerto ni vivo, está desaparecido» (Videla, 2013). En atención al contexto socio-político desarrollado hasta aquí, en lo relativo a la desaparición forzada la OEA declaró «que la práctica de la desaparición forzada de personas en América es una afrenta a la conciencia del Hemisferio y constituye un crimen de lesa humanidad» (Resolución 666 de 1983); asimismo, exhortaba a los Estados en los que hubiese ocurrido este tipo de desapariciones, a esclarecer su situación, además de informar a sus familiares sobre la suerte corrida por la víctima. Expuesto a modo introductorio el contexto histórico en el que emergió el término de DFP en América Latina, se procederá, a continuación, a examinar con mayor profundidad el origen de la conducta penal objeto de análisis, su concepto y caracteres, las sentencias más relevantes de la Corte vinculadas a la problemática en estudio, así como también su tipificación en los tratados internacionales; para finalmente concluir con un breve análisis acerca del impacto reciente de las sentencias de la CIDH en la materia
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