Abstract

La inaplicabilidad posee severas deficiencias en su configuración. La regulación deficitaria de algunos de sus aspectos esenciales, tales como sus requisitos, la oportunidad para promoverla y los efectos de sus sentencias, ha permitido que, en muchas ocasiones, se frustren los objetivos perseguidos con su interposición. Así, es posible que, incluso logrando la declaración de inconstitucionalidad de un precepto legal para su caso concreto, la situación del requirente ganancioso acabe siendo la misma que si no hubiese recurrido al Tribunal Constitucional. Lo anterior, puede deberse a que el examen sobre los preceptos que podrían resultar decisivos en la gestión pendiente, por parte de un tribunal que no es experto en la materia debatida, resulta inherentemente complejo. Desde una perspectiva práctica, además, se evidencia cierta reticencia de la justicia ordinaria a considerar que, tras la sentencia de inaplicabilidad, pueda producirse una hipótesis de ilegalidad sobreviniente. Algunas sentencias que ejemplifican casos como los descritos, enseñan que el instrumento vigente se encuentra en crisis. Ello reafirma la urgente necesidad de una revisión del sistema de control de constitucionalidad represivo de la ley en Chile.

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