Abstract
El artículo aborda la defensa que hace Peter Benson de una DIT entre instituciones encargadas de llevar a cabo la justicia distributiva y el derecho contractual. Más precisamente, el artículo aborda dos de las tesis de Benson al respecto. La primera es la propia tesis de la DIT. Según esta tesis, es la propia justicia distributiva la que requiere una división del trabajo entre el derecho contractual y las instituciones encargadas de cumplir los mandatos distributivos. La segunda es la tesis de la aplicación indirecta, según la cual la DIT es compatible con la justicia distributiva aplicada indirectamente al derecho contractual. El artículo plantea objeciones a ambas tesis.
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