Abstract

Este artículo es una revisión del paradigma de violencia contenido en el art. 14 § 1 de las Reglas de procedimiento del motu proprio Mitis Iudex Dominus Iesus, a partir de los desarrollos que de aquella ofrecen el Subsidio Aplicativo del Tribunal Apostólico de la Rota Romana y las aportaciones de la doctrina canónica. La cuestión es si el tipo de violencia jurídicamente relevante que se propone, esto es, exclusivamente física, habitual y grave, en cuanto indicio de nulidad matrimonial, responde o no a las dinámicas de perpetración y victimización que se registran antes y después de la celebración del matrimonio.

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