Abstract

El legislador laboral tempranamente asumió la necesidad de articular mecanismos de representación legal de los trabajadores en la empresa, encomendado esta función a dos tipos de sujetos que, por su propia naturaleza, actúan de forma superpuesta a cada trabajador y oponen lo colectivo a lo individual: la representación unitaria y la representación sindical.Ahora bien, hubo que esperar hasta la promulgación de la Lols para determinar qué secciones podrían asumir la representación de toda la plantilla, pues como es sabido esta función sólo se reconoce a las secciones sindicales que cuenten con la mayoría de los delegados de personal o miembros de comités de empresa, generando, con esta decisión legal, una evidente trabazón ente órganos unitarios y sindicales. Partiendo de estas premisas, el presente artículo analiza la doble faz que presenta la representación sindical en la empresa :De un lado, la representación de intereses específicos de los afiliados sin superar con ello la lógica asociativa. De otro, refiriendo su actividad al conjunto de la colectividad de trabajadores, lo que sitúa la representación ejercida en el plano de la "representación institucional de intereses" extendiendo sus efectos a la totalidad de la plantilla.

Highlights

  • ■ The legislator early assumed the need to articulate mechanisms for legal representation of workers

  • Las secciones sindicales de afectación a la totalidad de la empresa. 4.2

  • Lamentablemente la LOLS también adolece de una notable carencia a este respecto pues aunque la opción de constituir una sección sindical a nivel empresa es siempre posible, la misma se configura, salvo mejora convencional, como una alternativa a la constitución de secciones sindicales en cada centro de trabajo, es decir, si los afiliados a un sindicato en una empresa con varios centros de trabajo optan por una sección sindical de empresa, esta decisión implica que las secciones sindicales en niveles inferiores no se beneficiarán de las facilidades y prerrogativas en dicho ámbito

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Summary

A modo de introducción: un modelo de representación pluralista en la empresa

El modelo legal de representación en la empresa se sustenta en la coexistencia de diversas instancias, algunas con competencias generales, otras solo con competencias específicas, unidas por estrechos vínculos, de naturaleza orgánica y funcional (Nieto Rojas, 2016). Si las secciones son instancias descentralizadas del sindicato, conformadas por y entre afiliados al mismo en la empresa, a las que la ley les concede una serie de facilidades y garantías para el desarrollo de la acción sindical, esta representación colectiva de intereses de los trabajadores en el ámbito empresarial tiene en las secciones su manifestación más evidente. De no prosperar la reforma normativa en el sentido propuesto, no queda sino acudir a la negociación colectiva (Rodríguez Sañudo, 2007, 152) para que rebaje los requisitos legales, siendo relativamente frecuentemente que los convenios colectivos minoren el número de trabajadores exigidos para proceder a la designación del delegado sindical o, en su caso, que incrementen el número de delegados objeto de designación, contemplando cláusulas de mejora a este respecto que normalmente se vinculan al cumplimiento de otros requisitos, a saber: una determinada presencia en los órganos de base electiva, la condición de sindicato más representativo o, a nuestro juicio, el criterio más respetuoso, la acreditación de una cierta implantación en la concreta empresa, medida ésta en la audiencia electoral obtenida o en el número de afiliados. Falta seguridad jurídica en el reconocimiento, a través de cláusulas convencionales, de derechos colectivos incrementados a determinados sindicatos y a sus afiliados, normalmente los más representativos o implantados en la empresa, pues el mismo es aceptado en escasas ocasiones por la jurisprudencia, exigiéndose que, en su caso, las diferenciaciones sean razonables, proporcionadas, sean pactadas y respondan a criterios de diferenciación objetivos» (Ferradans Caramés, 2015: 155)

La prioridad de la interlocución sindical: una opción de política legislativa
Las secciones sindicales de afectación a la totalidad de la empresa
Bibliografía citada
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