Abstract

El artículo analiza la dimensión jurídica de la dignidad humana según viene presentada por la Declaración Dignitas Infinita: la dignidad humana es una, y viene equiparada a los derechos fundamentales (ya sea solo en sus aspectos divino-naturales, o también en sus aspectos divino-positivos). La dignidad del fiel no es paralela a la dignidad humana, sino la misma pero elevada y plenificada. En consecuencia, los aspectos divino-naturales están inseparablemente unidos a los aspectos divinopositivos: no son pensables los bienes jurídicos salvíficos al margen del derecho natural. El estudio con perspectiva jurídica de la Dignitas Infinita supera la concepción de un derecho canónico análogo o como instrumento de la autoridad, dada la unidad y centralidad de la dimensión jurídica de la dignidad humana integral en el ámbito civil y en el ámbito canónico, e invita al estudio de lo específico canónico, no tanto desde lo distinto, cuanto desde lo pleno.

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