Abstract

Las Empresas de Producción Social son entidades económicas dedicadas a la producción de bienes o servicios en los cuales no existen privilegios en el trabajo asociados a la posición jerárquica, con igualdad sustantiva entre sus integrantes, basadas en una planificación participativa y protagónica y bajo régimen de propiedad estatal, propiedad colectiva o la combinación de ambas. El presente artículo es producto de una investigación que tuvo como propósito analizar la regulación de las Empresas de Producción Social en el marco del ordenamiento jurídico venezolano. En cuanto a lo metodológico fue una investigación documental, en la modalidad jurídica-dogmática, de nivel analítico. La investigación concluye que si bien doctrinarios como El Troudi y Monedero (2006) brindan algún sustento teórico a este tipo de empresas, no tienen una regulación jurídica clara, a tal punto que indistintamente puede tratarse de una cooperativa o de una sociedad mercantil, lo cual es atentatorio del valor del Derecho seguridad jurídica. Igualmente, no existen criterios jurisprudenciales definidos, lo que confirma el vacío legal. Se recomienda que se promulgue un instrumento legal que regule específicamente este tipo de empresas, a los fines de garantizar los derechos y acciones de quienes las integran y quienes comercializan y establecen relaciones con ellas.

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