Abstract

Este documento hace un recuento de los alcances más importantes de las dos reformas constitucionales del 26 y 27 de mayo de 2015 que modificaron los artículos 79, 116 y 122 en relación con la fiscalización de recursos públicos, para después centrarse en el análisis de las inconsistencias generadas por estas reformas, en cuanto a los principios rectores de la labor fiscalizadora de la Auditoría Superior de la Federación y las auditorías subnacionales. Mi hipótesis es que ambas reformas generaron una contradicción entre lo que establecen dichos artículos constitucionales respecto a los principios de anualidad y posterioridad. Además, desaprovecharon la oportunidad para resolver una añeja incoherencia respecto del principio de definitividad. Este artículo concluye proponiendo tres reformas a la Constitución que le darán coherencia, balance y sobre todo certidumbre jurídica tanto a los entes fiscalizados como a los entes fiscalizadores.

Full Text
Published version (Free)

Talk to us

Join us for a 30 min session where you can share your feedback and ask us any queries you have

Schedule a call