Abstract

La jubilación patronal es un derecho de los trabajadores y una obligación de los empleadores, se encuentra normalizada en el Código de Trabajo en los artículos 216, 217, 218 y 219. En este sentido, las empresas e instituciones públicas y privadas deben garantizar un adecuado proceso de provisión de los fondos de jubilación. La Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí es un centro de educación superior, que como institución de carácter público prioriza los derechos de sus trabajadores y por lo tanto, desde esta IES se gestionan adecuadamente los recursos de los trabajadores sin afectar la disponibilidad financiera y los procesos administrativos sujetos a las normativas legales vigentes. Por otra parte, los informantes que participaron en la investigación mencionan que conocen el caso de varios ex trabajadores de la ULEAM que se jubilaron en la institución y han recibido su jubilación patronal a partir de los fondos destinados para estos fines. Además, en la revisión documental se demuestra que la Ley para la justicia laboral incide en las finanzas de las instituciones de educación de tercer nivel, debido a que con la nueva fórmula, el valor aportado por el empleador es mayor y el tiempo de servicio del trabajador disminuye. Palabras clave: Administración, jubilación, seguridad social, finanzas, Ley.

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