Abstract

El derecho de información, además de constituir una importante prerrogativa de la representación colectiva de los trabajadores, tiene una naturaleza instrumental respecto del correcto desarrollo de otras competencias a las que sirve, por elevación, respecto de la propia función representativa. Su reconocimiento constituye, por tanto, un factor distintivo y de importancia vital en la adopción y consolidación de un modelo democrático de relaciones laborales. En este trabajo se explican las bases dogmáticas del derecho de información de los representantes de los trabajadores, a partir de la comprensión de su fundamento jurídico y su naturaleza eminentemente instrumental. Luego, se identifican las principales fórmulas que concretan su reconocimiento normativo, proponiendo al efecto una matriz de elementos que permitan valorar tal reconocimiento en los diversos sistemas jurídicos y, en particular, en el chileno.

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