Abstract

El tránsito de España y de la Comunidad Autónoma andaluza de una sociedad de emigrantes a una receptora de inmigrantes ha puesto sobre la mesa la cuestión del estatuto ciudadano de la población extranjera residente en nuestro territorio. Este artículo defiende que la ciudadanía no se reduce a su dimensión formal, como sinónimo de nacionalidad, y reivindica más allá de ésta su contenido participativo. Defiende asimismo que éste no se reduce a la titularidad de derechos de participación política stricto sensu, definida en el artículo 13.2 CE, sino que abarca el acceso a mecanismos de participación en sentido amplio. En él se argumenta que la Constitución española y el nuevo marco estatutario andaluz respaldan una aproximación sustantiva a la ciudadanía que permite integrar a toda la población residente, nacional o extranjera, en una diversidad de provisiones participativas en sentido amplio, cuyo contenido va más allá de la expresión estricta de voluntad política de quienes son titulares de la soberanía (artículo 13.2 CE). Este artículo sostiene, en fin, que una comprensión sustantiva, participativa e incluyente de la ciudadanía es la única constitucionalmente coherente y debe prevalecer más allá de los límites que impone su definición formal.

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