Abstract

El problema “[…] imaginemos que contamos con una fortuna mayor que la suma del dinero empleado en el Plan Marshal, la compra del Estado de Lousiana, la Guerra de Korea, el New Deal, la Guerra de Irak, la guerra de Vietnam y la operación de la NASA que llevó al aterrizaje en la Luna, y que, de la noche a la mañana, lo perdemos” (Lanchester 2010). “El fundamento de la crisis inmobiliaria española está en la base de otras crisis e históricamente así ha sido” (Schultze 1964, 90). En cualquier caso, toda crisis necesita fondos. Para financiar la actividad inmobiliaria que tuvo lugar entre 2000-2008, eran necesario recursos financieros importantes. Mucha liquidez. Para ello era necesario emitir bonos lo que a su vez precisa un activo (una deuda) renovable y ésta fue la actividad hipotecaria. Ésta aportaba liquidez al sector inmobiliario prácticamente bajo demanda, a partir de su actividad propia, esto es, la construcción y venta de inmuebles. Se obtuvieron fondos al titulizar los préstamos hipotecarios, y convertir la deuda hipotecaria de los clientes, en manos de las MFI (Monetary and Financial Institutions) en el sustrato de la nueva actividad financiera, los bonos de titulización como fuente de liquidez. Esta innovación tiene unas características peculiares tanto jurídicas, como regulatorias. Durante el boom inmobiliario, construir más casas y venderlas, demandaba más crédito a la construcción y también para la concesión de hipotecas a los compradores. La innovación financiera, titulizar, hacía que los fondos para estas actividades, los proporcionaran a su vez los activos inmobiliarios titulizados, correspondientes a hipotecas concedidas anteriormente. Así que de esta manera se suministraban fondos, obtenidos sobre la deuda hipotecaria ya contraída, para continuar con la financiación de la nueva actividad hipotecaria.

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