Abstract

La sentencia analizada va más allá del caso concreto enjuiciado, al realizar importantes pronunciamientos sobre el “principio de no punición” a las víctimas de trata recogido en el art. 177 bis 11 del Código penal, pronunciamientos que restringen la aplicación de este principio, que es un derecho de las víctimas. Lo hace, además, con una motivación descuidada que no se corresponde con la novedad y trascendencia de las cuestiones planteadas, ni con el enfoque de derechos humanos que ha presidir el acercamiento a las víctimas de trata y que exige un deber reforzado de atención y motivación. La sentencia del Supremo revoca una sentencia absolutoria y devuelve el caso al tribunal de instancia para que examine otras posibilidades de adecuar la responsabilidad penal a la situación de necesidad y extrema vulnerabilidad de Angelina y al abuso que se hizo de ella. Este trabajo finaliza apuntando algunas alternativas posibles.

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