Abstract

El trabajo se inicia con una descripción de los criterios propios del derecho, que influyeron en la lógica de sus disposiciones en relación con los bienes de la naturaleza en general y del agua en particular y que explican cómo, aún hoy, las categorías dominiales influyen, interfieren y obstaculizan la adopción de una concepción ecosistémica. Se sintetiza el cuadro dominial de las aguas y los criterios adoptados para la definición de las riberas, considerando las novedades introducidas con el Código Civil y Comercial en 2015 y cómo esas disposiciones se continúan en el Código de Aguas de la Provincia de Buenos Aires y otras normas derivadas del mismo.

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