Abstract

¿Es la interpretación conforme a la Constitución Una especie de interpretación constitucional, puesto que son las leyes las que se interpretan conforme a la Constitución? ¿Forzar al juez a que salve la ley de una inconstitucionalidad no producirá, contrario a lo que se piensa, mayor fricción entre el legislador y el juez constitucional? Con estas preguntas el autor analiza críticamente los dos fundamentos de la interpretación conforme a la Constitución, la unidad del ordenamiento jurídico y la presunción de constitucionalidad de la ley, para concluir que la institución jurídica analizada puede ser vista como producto de una doble trivialidad: lo que es bueno para Alemania es bueno para Brasil y el respeto al legislador es un lugar común, ya que lo que hace el juez constitucional es compatibilizar la ley con lo que el propio juez, y nadie más, cree que es constitucional. Concluye sosteniendo que la función que le queda a la interpretación conforme a la Constitución en Brasil es la de legitimar sutilmente la centralización de la tarea interpretativa de la Constitución y de todas las leyes en un solo tribunal, excluyéndose cualquier "desobediencia" interpretativa de los órganos judiciales.

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