Abstract

El proceso penal colombiano no contemplaba mecanismos procesales para garantizar la doble conformidad, entendida como la posibilidad de impugnar toda condena, sin embargo, la Corte Constitucional, a partir de la Sentencia C-792 de 2014, puso de presente la necesidad de analizar el derecho a la impugnación, en el entendido de que los recursos extraordinarios no posibilitan su efectividad. En tal sentido, las altas cortes ponen de presente la necesidad de regular un recurso integral y, como respuesta, el legislador promovió el Acto Legislativo 1 de 2018, con el cual fijó las condiciones competenciales de la garantía a la doble instancia y, de paso, a la doble conformidad. No obstante, el legislador todavía no ha proyectado ninguna regulación del recurso que garantice el derecho a la impugnación, por lo que la Corte Suprema de Justicia se ha encargado de la adjudicación del derecho y la reglamentación de los mecanismos.

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