Abstract

La dignidad del enfermo en situación terminal debe ser apreciada, por su condición de ser humano, ostentando la correspondiente dignidad por el hecho de “ser”, de su existencia. Es conocido que las situaciones terminales cambian las condiciones en las que se encuentra el paciente, pero no es lícito pretender que las circunstancias afecten su dignidad intrínseca, de la misma manera que no puede pretenderse que por encontrarse en una situación terminal no tenga derecho a la vida. Las circunstancias adversas pueden estar presentes en la vida del ser humano, pero siempre será un fin y nunca un medio, en cuyo marco la dignidad del paciente terminal debe ser respetada, debiendo asegurarse las condiciones necesarias de cómo serán brindadas las atenciones correspondientes hasta el final de su vida, más no direccionar acciones tendentes a cuándo poner término a su vida.

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