Abstract

La Constitución Política de Colombia de 1991 no señaló cuál sería el modelo de desarrollo económico que regiría al Estado desde ese momento histórico, sin embargo, del reconocimiento de principios y derechos de contenido social; y de otra parte, de la protección de derechos liberales; es factible colegir que el sistema económico adoptado en nuestra carta de derechos es el de Economía Social de Mercado, caracterizado por la libertad de empresa e iniciativa privada, y una reducida intervención estatal para garantizar unos derechos y servicios sociales mínimos. Con ello, queda en duda el que la Constitución sea verdaderamente “abierta”. Este artículo pretende realizar un análisis normativo, doctrinario y jurisprudencial que sustente esa afirmación. Igualmente apunta a revisar de manera sucinta las reformas que ha tenido que afrontar el Estado a partir de la implementación del referido sistema de economía, reflexionándose acerca de si las ventajas que ha prometido la Economía Social de Mercado realmente se han cumplido. Se defiende en las conclusiones la idea de la necesidad de la intervención del Estado colombiano en la economía (sin llegar al extremo de una economía planificada), para procurar alcanzar los fines que la Constitución de 1991 trazó para nuestro país bajo el principio de Estado Social de Derecho.

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