Abstract
The purpose of this paper is to study the changes brought by law 13.146/2015 (Disabled Person Statute), focusing on the issue of moral damages due to inaccessibility. The law in question has brought a number of amendments to the Civil Code in order to consider the person with disabilities fully capable of exercising all acts of civil life; the law protects these people through the freedom granted to them. The present study starts with the historical evolution of the treatment given to the disabled person and has as its main focus the accessibility as a personality right. Therefore, it seeks to demonstrate that inaccessibility causes moral damage and leads to adequate civil reparation. Finally, some examples are presented.
Highlights
Después de la Constitución de 1988, surgieron muchas leyes ARISING FROM infraconstitucionales acerca de la protección de las personas con INACCESSIBILITY discapacidad
Si el objetivo de los derechos de la personalidad es la protección de la dignidad de la persona humana por medio de la tutela de todos sus aspectos, es fácil percibir que otros derechos, aunque no estén previstos en el Código Civil de 2002, pueden ser incluidos como derechos de la personalidad
Viviane Alves de Assis [Apelación interna [Agravo interno] en recurso especial], AgInt en AREsp n.o 914578 RJ 2016/0134550-6 (3ra Junta, Tribunal Superior de Justicia [Brasil]), 09 de marzo de 2017
Summary
Después de la Constitución de 1988, surgieron muchas leyes ARISING FROM infraconstitucionales acerca de la protección de las personas con INACCESSIBILITY discapacidad. Si el objetivo de los derechos de la personalidad es la protección de la dignidad de la persona humana por medio de la tutela de todos sus aspectos, es fácil percibir que otros derechos, aunque no estén previstos en el Código Civil de 2002, pueden ser incluidos como derechos de la personalidad. La interpretación de este dispositivo, en consonancia con el ya citado concepto de persona con discapacidad, lleva a la siguiente idea: Los impedimentos físicos, sensoriales, mentales e intelectuales no producen obstáculos por sí solos, sino que estas barreras que impiden el ejercicio de derechos se producen socialmente, siendo fundamentales estrategias políticas, jurídicas y sociales que excluyan esos obstáculos y discriminaciones negativas, permitiendo a los discapacitados demostrar sus capacidades y gozar de autonomía e independencia para una verdadera inclusión social
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