Abstract

La característica principal del Fondo de Reserva Obligatorio y del Fondo de Educación y Promoción es que no pueden repartirse entre los socios y socias cooperativistas. El presente trabajo de investigación centra su análisis en los precedentes legislativos existentes en relación a estos fondos sociales obligatorios, al tiempo que se van definiendo sus principales características, enlazándolo posteriormente con los orígenes del cooperativismo moderno y del propio movimiento obrero organizado, como método explicativo para la justificación de su irrepartibilidad.Recibido: 31 mayo 2018Aceptado: 10 octubre 2018Publicación en línea: 21 diciembre 2018

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