Abstract

RESUMEN: Para realizar una valoración pericial integral forense de la tortura es indispensable considerar los daños e impactos generados por la tortura en los contextos relacionales o vinculares de la víctima; no se puede separar la tortura y sus consecuencias psicológicas de los aspectos psicosociales del individuo. Una propuesta sistematica para evaluar los efectos psicológicos de la tortura en el contexto forense consiste en clasificarlos en cuadros reactivos inmediatos, respuestas psicológicas comunes, cuadros psicopatológicos o trastornos psiquiátricos propiamente dichos, impacto sobre el proyecto de vida, la presencia o no de discapacidad psicosocial y por otro lado, las consecuencias psicosociales dividas en consecuencias sobre los microgrupos y sobre los macrogrupos. Conclusiones: El Protocolo de Estambul, así como en numerosos artículos especializados, destacan la importancia de evaluar el contexto en el que sucede la tortura. La evaluación forense de las consecuencias psicologicas de la tortura solo puede considerarse integral cuando se valora al individuo y sus relaciones vinculares en su contexto.

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