Abstract
En este trabajo se exponen y analizan algunos de los elementos de la discusión actual sobre Neurociencia y responsabilidad penal. En particular, se ocupa de examinar los experimentos de Libet sobre la precedencia temporal de la actividad cerebral inconsciente tanto desde la perspectiva de las objeciones metodológicas realizadas por los científicos a dichos experimentos como desde la óptica de la relevancia de sus conclusiones para la comprensión de la actuación humana en contextos normativos. El trabajo concluye afirmando, de un lado, la insuficiencia de los conocimientos neurocientíficos actuales para sostener que la actividad cerebral inconsciente domina la actuación humana y, de otro, que el funcionamiento causal del cerebro y la incidencia de la actividad cerebral no-consciente en la toma de decisiones y en la ejecución de las acciones no impiden la defensa de una concepción de la persona como ser dotado de consciencia y voluntad; rasgos que cumplen una función relevante en la actuación humana y constitutivos de la concepción de la persona como libre.
Highlights
IntroducciónPara las cuales el trabajo que pretendo realizar sería fútil, entiendo que el derecho penal no puede vivir absolutamente al margen de los conocimientos científicos siempre que éstos incidan de algún modo en la comprensión de su objeto de regulación, la conducta humana; por tanto, los nuevos datos e investigaciones neurocientíficos deben ser tomados en consideración en la teorización y configuración legal del derecho penal 12
The present paper deal with some elements of the current debate about Neuroscience and criminal responsibility
This work explains the methodological objections made to Libet’s experiments and those relating to its fai lure to explain human action in normative contexts
Summary
Para las cuales el trabajo que pretendo realizar sería fútil, entiendo que el derecho penal no puede vivir absolutamente al margen de los conocimientos científicos siempre que éstos incidan de algún modo en la comprensión de su objeto de regulación, la conducta humana; por tanto, los nuevos datos e investigaciones neurocientíficos deben ser tomados en consideración en la teorización y configuración legal del derecho penal 12. La culpabilidad jurídico-penal ha de tener en cuenta los conocimientos científicos, especialmente, en la definición y configuración de las causas de inimputabilidad penal, pero no sólo en este punto sino también en su propia definición y fundamentación de modo que sea compatible con ellos.
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