Abstract
En este artículo se analiza de forma crítica el proceso de transformación del sistema mexicano de control jurisdiccional de constitucionalidad y convencionalidad y su adaptación a los estándares del Sistema Interamericano de control difuso de convencionalidad, luego de la internalización de la doctrina del control de convencionalidad de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. A partir de un análisis conceptual del término difuso, se identifica su sentido correcto y las formas de control exigidas a los jueces de un sistema difuso, para de ese modo evaluar con precisión el alcance de los cambios en el sistema mexicano de control constitucional. Se postula que los cambios no solo implicaron extender el deber de control a los jueces locales antes excluidos de la actividad de control, sino también la necesidad de adecuar los procesos constitucionales del ámbito federal, específicamente el juicio de amparo, para adaptarlo a las exigencias de la doctrina del control de convencionalidad mediante la ampliación a formas de control incidental respecto a nuevos objetos controlables.
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