Abstract

El 18 de febrero de 1705 se redujo en Castilla la tasa de interés de los censos, que pasaron de pagar el 5 % al 3 %, a pesar de la solicitud del Consejo de Castilla al rey para que la medida quedara en suspenso por el daño que podía causar a los acreedores. La rebaja no afectó a los territorios de la Corona de Aragón y, pese a la unificación que supusieron los decretos de Nueva Planta, la tasa no fue modificada. En este artículo se analiza la posición del Consejo de Castilla y las Audiencias de Valencia, Cataluña y Aragón ante la cuestión de la deuda y su interés, que ahogaba a las haciendas municipales, así como las concordias establecidas entre poblaciones endeudadas y sus acreedores para afrontar el volumen gigantesco de la deuda. En esta ralentización respecto a la toma de decisiones son muchas las variables a observar, entre ellas, el nombramiento del intendente Mergelina en 1718, cuyas intervenciones también alteran los movimientos en torno a la deuda, y los debates alrededor de los dictámenes emitidos por los fiscales del Consejo Real de Castilla Alonso Rico de Villarroel y Pedro Juan de Alfaro, defendiendo posiciones muy opuestas, todo ello en un entorno aún muy conflictivo en territorio de la Corona de Aragón. También se tratan las situaciones excepcionales que se vivieron en Valencia y cómo el Consejo de Castilla las valoró antes y después de julio de 1750, cuando Fernando VI equiparó al de Castilla el interés censal de todos los territorios de la corona aragonesa.

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