Abstract

En el ordenamiento jurídico ecuatoriano no existe un marco normativo aplicable a los supuestos de reclamación por daños relacionados con la vida. Entre estos tipos de daños, aquellos que derivan de casos de anticoncepción fallida o wrongful conception requieren un análisis particularmente exhaustivo, a riesgo de considerar la existencia misma de una persona como un menoscabo patrimonial o extrapatrimonial. Así, ante el perjuicio que implica, no la vida misma de un niño o niña no deseado, sino las lesiones a derechos reproductivos y al patrimonio de los progenitores a causa de considerables gastos adicionales en los que se ven obligados a incurrir, se evidencia la necesidad de dar una solución uniforme para este tipo de casos de mala praxis médica, así como la propuesta de un estándar razonable para la reparación de estos daños.

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