Abstract

El artículo identifica que en el tratamiento de la maternidad subrogada existen dos claras posturas en el derecho comparado, una en la cual destaca la autodeterminación para decidir sobre la procreación y sus consecuencias y otra, que coloca el principio de la dignidad humana como filtro de las decisiones que han de tomarse en torno a esta práctica de procreación artificial. De esa manera, es posible comprender las consecuencias teóricas que pueden desprenderse de la opción del legislador, al revisar el marco normativo colombiano para determinar los principios que rigen en la actualidad la procreación y verificar las serias dificultades jurídicas con que se encuentra una postura que busque orientarse por establecer la filiación de acuerdo con la voluntad de las partes intervinientes en la práctica de la maternidad subrogada, en tanto que prevalecen los principios de dignidad humana y la familia como célula básica de la sociedad.

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