Abstract

La obtención y ejecución de medidas cautelares y provisionales en el ámbito de apli­cación del Derecho Internacional Privado de la Unión Europea constituye una materia que aún debe solventar diversas e importantes cuestiones controvertidas. Pese a la evolución efectuada en dicha mate­ria con el Reglamento 1215/2012 y con la jurisprudencia del TJUE, sigue sin estar claro el concepto de medida cautelar, la posibilidad de su solicitud con anterioridad a la sustanciación del asunto principal o la eficacia transfronteriza de las medidas adoptadas sin audiencia de la parte contraria. No obstante, en los últimos trabajos y propuestas de la Unión Europea para la armonización del Proceso Civil de la Unión, apreciamos una cierta tendencia a tratar de consagrar un régimen unitario de la tutela cautelar en el Es­pacio judicial europeo, caracterizado por admitir tanto la tutela cautelar solicitable ante causam como la adoptable inaudita parte debitoris y su eficacia transfronteriza más allá del Estado en que fue acordada.

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