Abstract
La obtención y ejecución de medidas cautelares y provisionales en el ámbito de aplicación del Derecho Internacional Privado de la Unión Europea constituye una materia que aún debe solventar diversas e importantes cuestiones controvertidas. Pese a la evolución efectuada en dicha materia con el Reglamento 1215/2012 y con la jurisprudencia del TJUE, sigue sin estar claro el concepto de medida cautelar, la posibilidad de su solicitud con anterioridad a la sustanciación del asunto principal o la eficacia transfronteriza de las medidas adoptadas sin audiencia de la parte contraria. No obstante, en los últimos trabajos y propuestas de la Unión Europea para la armonización del Proceso Civil de la Unión, apreciamos una cierta tendencia a tratar de consagrar un régimen unitario de la tutela cautelar en el Espacio judicial europeo, caracterizado por admitir tanto la tutela cautelar solicitable ante causam como la adoptable inaudita parte debitoris y su eficacia transfronteriza más allá del Estado en que fue acordada.
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