Adaptación de un inventario para valorar los estilos cognitivos de la escucha musical
La escucha musical ha sido analizada por sus efectos positivos en la vida individual y social del individuo. Tal escucha está asociada con patrones neurofisiológicos complejos, los cuales se relacionan con estilos cognitivos. Se han desarrollado instrumentos para identificar dichos estilos en estudiantes de educación superior angloparlantes, pero no con hispanohablantes, por lo que en este trabajo se reporta la adaptación al español del Music-Empathizing-Systemizing (ME-MS) Inventory debido a que permite identificar dos estilos cognitivos de la escucha musical. Se trabajó con muestras de estudiantes de educación superior de diversas licenciaturas de una universidad pública Los análisis estadísticos de la segunda y tercera fase del reporte muestran datos adecuados para considerar que la adaptación del instrumento al español resulta apropiada
- Single Book
- 10.18041/978-958-5182-24-0
- Jan 1, 2023
Situados en el contexto de lo que ha representado el tema de las víctimas en el marco de una comprensión del conflicto armado, a su vez de los procesos de negociación que lo han intentado comprender, cobra gran relevancia en la actualidad la discusión por el reconocimiento, cuando este supone no solo visibilizar las prácticas y violencias del conflicto, que las entenderíamos como aquellos hechos victimizantes, sino también a personas individuos y colectivos que han vivido estos hechos victimizantes y lo que esto ha significado como impacto. Aquí cobra vigencia las ideas del filósofo Emmanuel Levinas, cuando plantea que una guerra o un conflicto no es tanto por la herida que pueda dejar si por la anulación y negación que esta guerra o conflicto puede tener sobre los sujetos, en esa idea, el propósito de comprender y explicar lo que significa un reconocimiento de las víctimas de este conflicto armado colombiano continuado, transformado y prolongado, señala que posiblemente estamos ante dos dimensiones de ese reconocimiento: una dimensión que podríamos llamar como el reconocimiento objetivo y que se sustenta de lo que representa una ley de víctimas para dicho reconocimiento y que para el caso colombiano esa ley reconocida como la ley 1448 nos invita a adentrarnos en sus marcos jurídicos para ir sobre la comprensión del reconocimiento objetivo. De otro lado, estaría ante una dimensión subjetiva que señala en el propio proceso de autoreconocimiento de quien ha vivido un hecho victimizante el hecho fundante para marcar un punto de explicación de ese posible impacto en los procesos de identidad y de subjetividad de individuos y colectivos, bajo esta perspectiva es que el título del presente libro: “Una reflexión, entre la Ley de víctimas y el lugar de la memoria, la Estéticas y las narrativas”, Desde aquí el presente libro quiere hacer un aporte a esa reflexión, para ello, el libro propone dos grandes apartados, u primero titulado “ Una introducción necesaria: De la ley de víctimas, el reconocimiento objetivo/ subjetivo de las víctimas y el lugar de la estética y sus narrativas” donde se plantean algunas discusiones de orden conceptual y un segundo apartado “Experiencias de autorreconocimiento: Aprehensión estética de los hechos victimizantes… entre actos de afirmación y resistencia”, donde se exponen un conjunto de iniciativas y experiencias de autorreconocimiento. Así, el primer apartado “Una introducción necesaria: De la ley de víctimas, el reconocimiento objetivo/subjetivo de las víctimas y el lugar de la estética y sus narrativas” presenta en un primer capítulo “Reconocer a la víctima por conflicto armado interno desde la ley -La noción de víctima como ejemplo en su dimensión objetiva y subjetiva”. Con la segunda parte del documento “Experiencias de autorreconocimiento, Aprehensión estética de los hechos victimizantes… entre actos de afirmación y resistencia” se tiene la posibilidad de transitar por un conjunto de iniciativas, unas individuales y otras colectivas, que permiten comprender lo que significa un ejercicio de memoria que recurriendo a objetos estéticos permiten significar el proceso de autorreconocimiento de si/ de un nosotros. Aquí se podrán reconocer entonces la iniciativa de las tejedoras de Mampujan con sus tejidos, del colectivo “Parque memorial del Trujillo” AFAVI con sus peregrinajes, La experiencia de la obra Antígona de las Madres de Soacha, y experiencias de Quilombos de mujeres Afrocolombianas en la Ciudad de Bogotá. En esta perspectiva este libro es el producto de un trabajo en red que busca tejer una preocupación común por el tema de las víctimas del conflicto armado y sus procesos de autorreconocimiento.
- Research Article
- 10.69791/rahc.273
- Jun 26, 2007
- Alcores: Revista de Historia Contemporánea
La historia y la ciencia política han enfocado sus análisis, principalmente, en el Estado nación. Habitualmente, la teleología modernista ha confundido integración estatal, evolución social y progreso socio-económico. El Estado nación es presentado, analíticamente, como un inevitable producto del progreso histórico y, normativamente, como el soporte de la modernidad y de los valores liberales y democráticos, y los brotes de política territorial son interpretados como una evidencia de modernización retrasada o de reversión al pasado. En los últimos años, retos al Estado desde abajo (en el nivel regional) y desde arriba (a través de la globalización y la integración europea) han resaltado la histórica naturaleza contingente del Estado nación, lo que ha estimulado a los científicos, no sólo a mirar al presente y al futuro, sino a reinterpretar el pasado. Los cambios en la forma de la política territorial a través del tiempo nunca han desaparecido, lo que lleva a dos consideraciones. La primera de ellas, analítica, presenta otra forma de pensar el Estado y las regiones; la segunda, normativa, explora lo que nos pueden decir los nuevos caminos de pensar la historia sobre el lugar de legitimar la autoridad política.
- Single Book
- 10.21501/9786287765030
- Dec 3, 2024
La ambivalencia del concepto de lo extraño se muestra para Waldenfels a través de las diversas denominaciones que se le ha otorgado, por ejemplo: el extraño, la extraña, el territorio extranjero, la lengua extranjera, el extrañar o ser tímido frente a lo extraño, la alienación y el extrañamiento o el distanciamiento. Este filósofo expone también la inquietud por los matices semánticos que puede tener lo extraño. Primero, lo que surge por fuera del ámbito propio, como si lo exterior fuera opuesto a lo interior. Segundo, lo que puede pertenecer a los demás en contraste con lo propio. Tercero, lo que es de un género diferente y, por lo tanto, inquieta, intranquiliza, confronta lo familiar y aquello en lo que se deposita confianza. Siguiendo esta idea, el propósito del presente libro es analizar el concepto de fenomenología de lo extraño de Bernhard Waldenfels como génesis de la otredad. Concretamente, se buscó exponer la noción de fenomenología de lo extraño en Waldenfels, relacionarla con la de la otredad y mostrar la primera como origen de la segunda.
- Research Article
- 10.47554/cii.vol14.2023.pp31-40
- Aug 8, 2024
- Congreso Internacional Ideice
Las secuencias didácticas desempeñan un papel fundamental en la gestión y organización de los programas de enseñanza-aprendizaje en el ámbito educativo. Sin embargo, su creación y desarrollo implican una considerable inversión de tiempo y esfuerzo por parte de los docentes, lo que añade una carga significativa a su labor. Para abordar esta oportunidad de mejora, se propone la implementación de modelos de Procesamiento del Lenguaje Natural (NLP, por sus siglas en inglés) para la automatización de una gran parte de los procesos necesarios para la elaboración de una secuencia didáctica. Mediante el uso de NLP, es posible identificar los componentes curriculares necesarios para la elaboración del plan de enseñanza deseado, lo que reduce drásticamente la inversión de tiempo y energía requeridos para crear secuencias didácticas de calidad. Además, estos modelos pueden generar secuencias de actividades de enseñanza-aprendizaje basadas en estos componentes previamente extraídos de la disposición curricular, lo que agiliza aún más el proceso. Por tanto, la adopción de modelos NLP en la creación de secuencias didácticas representa una oportunidad significativa de mejora para la gestión educativa. Al reducir la carga laboral de los docentes y simplificar la producción de planes de clase, se fomenta una enseñanza más eficaz y centrada en el estudiante, lo que beneficia tanto a educadores como a alumnos. Esta innovación tiene el potencial de aportar hacia una necesaria transformación de la educación en aras de hacerla más accesible y efectiva.
- Research Article
- 10.22201/iij.24484873e.1999.96.3612
- Jan 1, 1999
- Boletín Mexicano de Derecho Comparado
Número 96Septiembre - Diciembre 1999Nueva Serie Año XXXIIISSN 0041 8633 EL CONVENIO 169 DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO SOBRE DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS Y LAS OBLIGACIONES DE MÉXICO CON SU RATIFICACIÓN Jorge Alberto GONZÁLEZ GALVÁN * 1 Considero que este Convenio contribuye a fincar las bases para iniciar un real proceso de descolonización de los pueblos indígenas de Chiapas y de todo el país. En la primera parte se analizarán las obligaciones que el Estado mexicano adquiere al ratificar el Convenio, y en la segunda las obligaciones de lo que se ratifica. II. LAS OBLIGACIONES POR RATIFICAR El nombre del Convenio que se analiza establece, por una parte, que el sujeto de los derechos contenidos son los pueblos indígenas y los pueblos tribales, y, por otra parte, que el sujeto imputable de las obligaciones son los países independientes. 1. El sujeto de los derechos Se define a los pueblos tribales como aquellos "cuyas condiciones sociales, culturales y económicas los distingan de otros sectores de la colectividad nacional, y que estén regidos total o parcialmente por sus propias costumbres o tradiciones o por una legislación especial". Respecto a los pueblos indígenas se les define como los descendientes "de poblaciones que habitan en el país en la época de la Conquista o la colonización o del establecimiento de las actuales fronteras estatales y que, cualquiera que sea su situación jurídica, conservan todas sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas". En México ambas definiciones se aplican a los pueblos que hemos identificado no sólo como pueblos indígenas, sino también como grupos étnicos,2 pueblos indios.3 El Convenio establece que los pueblos indígenas y tribales deberán tener conciencia de su identidad para identificarlos como sujetos de los derechos contenidos en el mismo. También señala que no deberá entenderse el término de pueblos en la acepción que le confiere el derecho internacional.4 Por lo anterior, se establece que los sujetos de los derechos contenidos en el Convenio son los pueblos que: a) Son social, económica y culturalmente, diferentes al resto de la población existente en un país, b) Se rigen parcial o totalmente por sus costumbres, c) Habitan en dicho país desde la conquista, colonización o establecimiento de las fronteras estatales, d) Conservan parte o todas sus instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, cualquiera que sea su situación jurídica. Con estos elementos, una definición-síntesis de pueblos indígenas y tribales sería: aquellos que habitan en un país desde los periodos de conquista, colonización o establecimiento de las fronteras estatales y que se caracterizan por ser social, económica y culturalmente, diferentes al resto de la población y por conservar, cualquiera que sea su situación jurídica, parte o todas sus instituciones sociales, jurídicas, económicas, culturales y políticas. Los derechos que se reconocen a estos sujetos se entienden que serán concebidos, aprobados y aplicados al interior de los países independientes, es decir, de los Estados. El cual se considera sujeto imputable de las obligaciones al ratificar el Convenio. 2. El sujeto de las obligaciones La característica principal de un país independiente es su capacidad para darse su propio orden jurídico. Dicha capacidad la ejerce al interior a través de los órganos legislativos, y al exterior por medio de acuerdos, convenios o tratados con los demás países o con los organismos internacionales. En este sentido, un país independiente es un Estado soberano. La ratificación del Convenio 169 por México, como país independiente, es decir, como Estado soberano, significa que las normas contenidas en dicho instrumento jurídico forman parte del orden jurídico interno. Así lo establece el artículo 133 de la Constitución mexicana: Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada Estado se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de los Estados.5 El Estado, pues, en ejercicio de su soberanía se obliga a aplicar cada una de las disposiciones contenidas en el Convenio. Así lo reconoce también la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo: "Los miembros se obligan a aplicar los convenios que hayan ratificado" (artículo 35).6 Lo cual constituye un principio general del derecho internacional: los pactos son para cumplirse, pacta sunt servanda. Igualmente con base en este instrumento, el Estado miembro que ratifica un Convenio, se obliga a enviar anualmente a la Oficina Internacional del Trabajo una Memoria de aplicación del Convenio (artículo 22).7 En la aplicación de cada una de las disposiciones contenidas en el Convenio, el Estado se puede obligar a aplicarlas sin ninguna modificación a su orden interno (disposiciones autoejecutivas, autónomas), o de realizar un acto intermedio para su completa aplicación, como reglamentar, ordenar medidas administrativas, realizar consul-tas, establecer una sanción, publicar el Convenio (disposiciones no autoejecutivas, heterónomas).8 En el caso de disposiciones del orden nacional que se opongan a las disposiciones del Convenio, se ha considerado por la Comisión de Expertos de Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la OIT, que dicha controversia no existe, puesto que la ratificación de un Convenio implica la derogación de las normas internas contrarias.9 Esto mismo se reconoce a nivel interno como un principio general de derecho en el artículo 9o. del Código Civil para el Distrito Federal y para toda la República en Materia Federal: "La ley sólo queda abrogada o derogada por otra posterior que así lo declare expresamente o que contenga disposiciones total o parcialmente incompatibles con la ley anterior".10 En caso, pues, de controversia entre una norma del Convenio 169 y la normatividad preestablecida en el orden jurídico interno (constitucional, reglamentaria o local), prevalecerá la del Convenio. Esto no por ser "superior" la norma internacional a la nacional, sino por ser posterior a la establecida. El Poder Judicial Federal se ha manifestado en el sentido de confirmar que los tratados junto con la Constitución y las leyes federales son "la ley suprema de toda la unión". Y que en caso de controversia entre éstas y "todas las leyes del país, bien sean locales o federales, deben subordinarse a aquellas leyes [las supremas de la unión], en caso de que surja un conflicto en su aplicación".11 Es decir, que si una norma internacional es contraria a una norma "local o federal", prevalecerá aquélla. Éste es el criterio ya señalado de que la norma posterior deroga a la anterior. Sin embargo, existe un precedente, que no una jurisprudencia (por tanto, como el anterior, no son obligatorios), en el sentido de que un tratado que no esté de acuerdo con la Constitución (contradiga o se oponga a una de sus normas), aunque sea celebrado por el presidente y aprobado por el Senado, "no debe tener eficacia jurídica".12 Esta controversia parecida más a una gimnasia mental que a una controversia constitucional de fondo, me parece originada en un discurso jurídico constitucional (doctrinal, legislativo y jurisprudencial) que necesita renovarse para aclarar que la norma internacional ratificada no es una intrusa, ni el derecho internacional es el caballo de Troya que destruiría nuestro sacrosanto derecho constitucional. Bajo este nacionalismo jurídico decimonónico se esconde la irresponsabilidad del Estado, por ignorancia o mala fe, para cumplir aquello que ratifica. Por eso, un Estado serio revisa su orden interno antes de aprobar una norma internacional. Cuando esto sucede sabe que todas las normas de su orden jurídico interno (constitucionales, reglamentarias y locales) que sean contrarias serán abrogadas o derogadas automáticamente. Si detectara en su revisión una controversia irresoluble, entonces, simplemente no ratifica dicho convenio. El Estado mexicano al ratificar el Convenio 169 se obliga a aplicarlo. Analizando cada una de las disposiciones a las que se obliga, encontramos que en 17 frases contenidas en los artículos 4o., 6o., 8o., 12, 14, 15, 17, 19, 20, 22, 25, 26, 30, 31, 32, 33, el Estado se obliga a realizar medidas legislativas y administrativas, es decir, se establecen las bases para que el Estado instrumente políticas de desa-rrollo de los pueblos indígenas.13 En este sentido se consideran que son normas promocionales: Los llamados convenios promocionales [son] aquellos que tienen como finalidad provocar que los Estados que los ratifiquen adopten determinadas políticas; se trata de instrumentos que propenden a la obtención de determinados objetivos, pero sin fijar de manera específica los procedimientos a seguir en cada caso. Así, cada Estado al obrar autárquicamente en la instauración de normas y prácticas concretas, debe desplegar una actividad adicional. Los convenios promocionales representan un bosquejo o esquema programático de bases que ulteriormente servirán para el desarrollo de políticas económicas, sociales y laborales. Está casi por demás decir que tratándose de este tipo de instrumentos, la necesidad de adoptar medidas legislativas y fácticas para darles actuación, constituye un reclamo insoslayable. Si un país se limita a ratificar un convenio promocionaly no adopta las medidas que éste pide, el resultado final es equivalente al de si lo hubiera rechazado. Este género de instrumentos es, sin duda, el más necesitado de una amplia atención por parte del país suscriptor.14 Los 16 artículos promocionales citados, más dos artículos que establecen la obligación del Estado para reglamentar y establecer una sanción (artículos 11 y 18), y los ocho artículos que establecen la obligación del Estado para realizar consultas con los pueblos indígenas (artículos 2o., 5o., 6o., 7o., 17, 22, 23, 25), hacen un total de 26 de 35 artículos (no incluyo del 36 al 44 cuyo contenido presentan características de artículos transitorios) con disposiciones no autoejecutivas o heterónomas. Y que coronado con lo dispuesto en el artículo 34 que establece que la naturaleza y el alcance de las medidas que se adopten para dar efecto al Convenio tendrán que determinarse con flexibilidad y tomando en cuenta las condiciones de cada país, hacen del Convenio una plataforma de políticas de desarrollo de los pueblos indígenas que el Estado se obliga a instrumentar, es decir, un Convenio promocional, programático. A dos años de la vigencia del Convenio, es decir, de enero de 1992 a enero de 1994, el Estado no llevó a cabo medidas legislativas y administrativas tendentes a la aplicación del Convenio. Lo cual significa que si México ratificó "un convenio promocionaly no adopta las medidas que éste pide, el resultado final es equivalente al de si lo hubiera rechazado".15 El surgimiento público del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN) en enero de 1994, marca, realmente, el inicio del interés estatal por cumplir las obligaciones del Convenio 169. En la etapa más reciente del proceso de reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas, la influencia del Convenio se manifiesta en la iniciativa de reformas constitucionales en materia indígena que elaboró la Comisión de Concordia y Pacificación (20 de noviembre de 1996),16 con base en los Acuerdos de San Andrés (16 de febrero de 1996).17 También dicha influencia se manifiesta en las iniciativas en la materia del Partido Acción Nacional18 y del Ejecutivo Federal19 de marzo de 1998. III. LAS OBLIGACIONES DE LO QUE SE RATIFICA El Convenio 169 adoptado por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo es el resultado de la revisión del Convenio 107 sobre la Protección e Integración de Poblaciones Indígenas y otras Poblaciones Tribales y Semi-tribales en Países Independientes de 1957.20 El Convenio 107 se caracterizaba por instrumentar una política indigenista de integración nacional, es decir, monocultural. En este sentido, los pueblos indígenas eran transitorios, puesto que el Estado se obligaba a "integrarlos" a la cultura nacional. Esta política etnocida fue criticada en virtud de lo cual se convocó a su revisión a mediados de los ochenta.21 Los criterios de la revisión tendieron a considerar la perennidad de los pueblos indígenas, para lo cual los Estados tendrían que garantizar su desarrollo, respetando la identidad cultural de los pueblos indígenas. Para ello, fue necesario establecer que las medidas que adoptara el Estado para cumplir con sus obligaciones tenía que consultarlos con los pueblos indígenas. En ambos Convenios la instrumentación de los derechos de los pueblos indígenas queda a la decisión de los Estados.22 En cuanto a las partes que tiene el Convenio 169 son las mismas que el Convenio 107. 1. Las partes del Convenio I. Política general ("Disposiciones generales", en el Convenio 107). II. Tierras (igual que en el Convenio 107). III. Contratación y condiciones de empleo (igual que en el Convenio 107). IV. Formación profesional, artesanía e industrias rurales (las dos últimas integraban la parte siguiente). V. Seguridad social y salud (en el Convenio 107 se decía "Seguridad social y medidas de asistencia". La parte VII de "Sanidad" se incorporó aquí). VI. Educación y medios de comunicación (en el Convenio 107, la parte VIII de "Educación" y la IX de "Idiomas y otros medios de información" se integraron aquí). VII. Contactos y cooperación a través de las fronteras (en el Convenio 107 correspondía a la parte X de "Grupos tribales de zonas fronterizas"). VIII. Administración (igual que en el Convenio 107). IX. Disposiciones generales (no consta en el Convenio 107). X. Disposiciones finales (tampoco consta en el Convenio 107). Con base en las partes que se mencionan del Convenio 169, las cuales son estructuralmente las mismas que el Convenio 107, el Estado mexicano está obligado a determinar la naturaleza y el alcance de las medidas necesarias para dar efecto al Convenio con flexibilidad y tomando en cuenta las condiciones del país (artículo 34). En consecuencia, tendrá que establecer las medidas conducentes a reconocer y aplicar el derecho que engloba el desarrollo con dignidad y justicia de los pueblos indígenas: el derecho a la libre determinación. Este derecho incluye el respeto al desarrollo de los pueblos indígenas en los ámbitos siguientes: 1. Respeto a su integridad cultural (artículo 1o.). 2. Respeto a sus derechos individuales y colectivos: salud, educación, empleo, vivienda (artículo 2o., b.; 3o., b. y c.; y 8o.). 3. Respeto a su participación en las consultas del Estado sobre los pueblos indígenas (artículo 6o.), en materia de salud, educación, desarrollo, medio ambiente y territorios (artículo 7o.). 4. Respeto a su organización política (artículo 8o.). 5. Respeto a su derecho consuetudinario (artículo 8o.). 6. Respeto a su organización jurisdiccional (artículo 8o.). 7. Respeto a sus derechos territoriales, tierras, recursos naturales (artículos 13 a 19). 8. Respeto a su derecho a ser diferentes, y en consecuencia a no ser discriminados en el trabajo (artículo 20), en los servicios de salud (artículo 24). 9. Respeto a sus modos de formación y producción (artículos 21 a 23). 10. Respeto a su medicina tradicional (artículo 25). 11. Respeto a su educación bilingüe e intercultural (artículos 26 a 31). 12. Respeto a su integridad cultural más allá de las fronteras nacionales (artículo 32). En el proceso de diálogo nacional por el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas, sintetizado en el reconocimiento al derecho a la libre determinación, analizaremos las observaciones que hizo el Gobierno federal a la iniciativa de reforma constitucional de la Comisión de Concordia y Pacificación (Cocopa)23 y su relación con lo establecido por el articulado del Convenio 169. 2. La postura gubernamental El Gobierno federal estructura sus observaciones en cuatro bloques: A. Primer bloque de observaciones a. Derecho a la identidad: definición de los sujetos de derechos El Convenio 169 en su artículo 1o. define a los sujetos de los derechos: pueblos indígenas y pueblos tribales. Los cuales tienen que autoidentificarse como tales. La iniciativa de la Cocopa retoma esta definición en el artículo cuarto de su iniciativa, basada en los Acuerdos de San Andrés. El Gobierno federal, por su parte, la omite, dejando literalmente a los sujetos de los derechos en la indefinición jurídica, es decir, en la indefensión. b. Derecho a la organización política El Convenio 169 reconoce este derecho al interior de los Estados, y establece que su naturaleza y alcance se hará de manera flexible y tomando en cuenta las condiciones del país. Los Acuerdos de San Andrés reconocen este derecho siempre y cuando se ejerza respetando el marco de la unidad nacional, del Estado nacional, su soberanía y sus tres niveles de gobierno. El Gobierno federal señala que la iniciativa de la Cocopa no explicita este respeto, de tal manera que propone que el derecho a la libre determinación, en este caso en su carácter de autogobierno, se ejerza con estas dos condiciones: sin alterar la división política de las entidades federativas y sólo a través de la categoría jurídico-política de Municipio. El derecho a autogobernarse y elegir, por tanto, sus propias autoridades con sus modos de elección propios respetando los niveles de Gobierno, tal como lo establece el Convenio 169, los Acuerdos de San Andrés y la iniciativa de la Cocopa, no significa necesariamente que dicho derecho tenga que ejercerse únicamente a través, en este caso, del nivel municipal de gobierno. Este nivel de gobierno es una posibilidad de ejercer este derecho. En este sentido, podría pensarse que otras vías son a nivel de entidad federativa. Sin embargo no son las únicas. Se tendría que aceptar discutir otras vías (Regiones autónomas, Autonomías comunales...) que con base en lo acordado respeten los niveles de gobierno existentes. c. Derecho al derecho El Convenio 169 reconoce la existencia del derecho consuetudinario de los pueblos indígenas. Los Acuerdos de San Andrés lo mencionan como sistemas normativos de los pueblos indígenas. Para el Gobierno federal son normas, usos y costumbres. Me parece que con distinta nomenclatura los tres textos se refieren a lo mismo. En los Acuerdos de San Andrés se establece que las decisiones de las autoridades jurisdiccionales indígenas serían convalidados por las autoridades jurisdiccionales del Estado. Acuerdo que recoge la iniciativa de la Cocopa, y al cual el Gobierno federal objetaba que debería decir homologación de las decisiones, y ahora que al mencionarse expresamente que una ley establecerá los mecanismos de convalidación, se están creando "fueros indígenas especiales". Toda reforma constitucional aunque no se diga está sujeta a una ley que establezca los mecanismos y procedimientos. Tampoco el reconocimiento de una jurisdicción específica al interior del Estado (la militar, la eclesiástica, por ejemplo), significa un privilegio para un grupo. La observación gubernamental me parece, pues, inconsistente. B. Segundo bloque de observaciones Derecho al territorio El Convenio 169 establece que el gobierno respetará las tierras de los pueblos indígenas, entendidas como el territorio y hábitat que ocupan. Los Acuerdos de San Andrés retoman esta disposición y la Cocopa la plasma en su iniciativa. El Gobierno federal objeta que al mencionarse que accederán de manera colectiva al uso y disfrute de los recursos naturales, se está negando la posibilidad reconocida en el artículo 27 de acceder a otros tipos de modalidades (se entiende a la privada). Y que al incluir el término territorio se utiliza como elemento del Estado, y por tanto se corre el riesgo de fraccionar el territorio nacional. La concepción que tienen los pueblos indígenas de la tierra no es de una mercancía que puede ser objeto de compra-venta entre particulares. Por eso se refuerza el carácter comunal de la tierra, porque se identifica con su cosmovisión: la tierra es la matriz de su cultura. La observación del gobierno pretende proteger el proceso de privatización de las tierras colectivas iniciado por la reforma al artículo 27 del gobierno salinista. La observación respecto a que se utiliza el término de territorio como elemento del Estado no tiene peso, puesto que está descontextualizada. El término territorio en la iniciativa de Cocopa, que se funda en los Acuerdos de San Andrés, a su vez basada en el Convenio 169, se entiende al interior de los Estados. En este caso, respetando la integridad territorial del Estado mexicano. En este sentido, reconocer los territorios indígenas significa reunificar y no "fraccionar" el territorio nacional. C. Tercer bloque de observaciones Derecho a formar parte del Estado Los Acuerdos de San Andrés reconocen que los pueblos indígenas son entidades de derecho público, y la iniciativa de la Cocopa así lo recoge. Sin embargo, el Gobierno federal no quiere reconocerlas como parte del Estado al que pertenecen (continúa la exclusión, el neocolonialismo), puesto que acota diciendo que serán reconocidas como "entidades de interés público", es decir, sujetos de derecho privado (como si los pueblos indígenas fueran asociaciones civiles, mercantiles). D. Cuarto bloque de observaciones a. Derecho a elegir a sus autoridades El gobierno federal afirma que sólo tendrán derecho a elegir sus autoridades los pueblos indígenas que tengan la categoría de Municipio y su población sea mayoritariamente indígena. La iniciativa de la Cocopa establece que este derecho podrán ejercer no sólo los municipios, sino también las comunidades, órganos auxiliares del ayuntamiento e instancias afines, lo cual abarca el panorama de figuras y situaciones jurídicas existentes y por definir. b. Derecho a acceder a la forma de gobierno municipal El gobierno federal propone que el derecho de los pueblos indígenas a acceder a la categoría de municipios será con base en los procedimientos que establecerán las legislaturas locales, las cuales no alterarán las fronteras de la división política de las entidades y sin tomar en cuenta el punto de vista de los pueblos indígenas (ya que esto último no se explicita). La iniciativa de la Cocopa establece que la remunicipalización se haría en consulta con los pueblos indígenas de la entidad. La remunicipalización es una vía, no la única. Tienen que ser los pueblos indígenas los que decidan cuál les conviene. Se tendría que pensar también en los pueblos indígenas que se encuentran divididos entre varios Estados. Aquí tendrían los Congresos locales y los pueblos indígenas que concebir nuevas formas de gobierno o aplicar las existentes. En caso de no haber acuerdo tendría que ser el Congreso Federal el que resolviera en consulta con las entidades federativas y los pueblos indígenas. c. Derecho a una distribución equitativa de la riqueza nacional El Gobierno federal quiere seguir "promoviendo" una distribución equitativa de la riqueza nacional; sin embargo, la situación de los pueblos indígenas demuestra que no ha cumplido (es decir, se quiere seguir administrando la pobreza). La iniciativa de la Cocopa establece que el Estado deberá garantizarque los pueblos indígenas dejarán de ser mexicanos de quinta, canalizando recursos económicos para que tengan la vida digna y justa que aspira cualquier ciudadano de este país. A estas observaciones, el Ejército Zapatista de Liberación Nacional contestó que no aceptaría el cambio de una coma a la iniciativa de reformas constitucionales elaborada por la Cocopa. IV. CONCLUSIÓN El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo constituye un capital jurídico que el Estado mexicano no ha tomado en cuenta, a pesar de estar obligado a ello, complicando la canalización del reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas de México. Para los pueblos indígenas constituye el único instrumento internacional vigente para impulsar sus demandas de respeto a su desarrollo cultural en el interior del Estado, de la sociedad y del derecho. V. BIBLIOGRAFÍA BARRIOS FIGUEROA, José, Derecho internacional del trabajo. Con refe-rencias y soluciones aplicadas a México, México, Porrúa, 1987. BERMAN, Howard R., "La Organización Internacional del Trabajo y las poblaciones indígenas: revisión del Convenio 107 en la sesión 75a. de la Conferencia Internacional del Trabajo", Por el imperio del derecho, Ginebra, Comisión Internacional de Juristas, núm. 41, diciembre de 1988. CHAMBERS, Ian, "El Convenio 169 de la OIT: avances y perspectivas", en Gómez, Magdalena (coord.), Derecho indígena, México, Instituto Nacional Indigenista/Asociación Mexicana para las Naciones Unidas, 1997. DURAND ALCÁNTARA, Carlos Humberto, "Crítica al Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) referente a los pueblos indígenas", Alegatos, México, UAM-Azcapotzalco, Departamento de Derecho, núms. 25-26, septiembre-diciembre de 1993 y enero-abril de 1994. MÉNDEZ, Bernardo, "El Convenio 169 de la OIT y la situación de los derechos humanos de los grupos autóctonos en México", Justicia y Paz. Revista de derechos humanos, México, año IX, núm. 34, abril-junio de 1994. OFICINA INTERNACIONAL DEL TRABAJO (ed.), Constitución de la Organización Internacional del Trabajo y Reglamento de la Conferencia Internacional del Trabajo, Ginebra, 1993. VAL, José del, "Los pueblos indios y el Convenio de la OIT", Revista del Senado de la República, México, vol. 14, núm. 11, abril-junio de 1998. * Notas: 1 Agradezco el envío de opiniones y comentarios a la siguiente dirección de correo electrónico: El Convenio 169 de la OIT representa el único instrumento internacional vigente para dar cauce a las demandas indígenas de respetar su desarrollo cultural; sin embargo, el Estado mexicano no lo ha tomado en cuenta, dificultando el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas en México. El próposito del ensayo es analizar las obligaciones del Estado mexicano al haber ratificado el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes., ILO"S Agreement l69 repre-sents the sole international document in force to give way to the indigenous people"s demands of honouring their cultural development. Nevertheless, the Mexican state has disregarded this document, so, the recognition of the rights of the natives becomes more and more difficult to be achieved. This essay analyzes the obligations of Mexico having signed and ratified Agreement l69 on Convention concerning Indigenous and tribal People in Independent Countries. * Nota: Debido que la traducción es automática podrá ser inexacta o contener errores.
- Research Article
- 10.22201/ppela.24487988e.2018.9.64748
- Jan 1, 2018
- De Raíz Diversa. Revista Especializada en Estudios Latinoamericanos
Los tiempos actuales son convulsos y requieren de un riguroso análisis intelectual, mismo que permita identificar los causales de las problemáticas que más lastiman a la región, pero sobre todo, permitir construir alternativas y horizontes de cambio, plantear y proponer que es posible una transformaci- ón de la situación actual de Nuestra América en donde el capitalismo y la violencia no son el destino al cual debemos someter a nuestros pueblos. En las primeras semanas de diciembre, se llevó a cabo la reunión de la Organización Mundial de Comercio (OMC), en la Ciudad de Buenos Aires, Argentina, primera que se realiza en Sudamérica, cuyo mensaje entre líneas era la idea del final de los gobiernos llamados progresistas, el afianzamiento del neoliberalismo y con ello, del libre mercado como el único camino a seguir en la región. Se proponen mercados y flujos de capitales libres, pero sociedades oprimidas por la ambición de las trasnacionales que se han convertido en mercancías, los derechos de los trabajadores, la vida y los recursos naturales. La reunión de la OMC se llevó a cabo en medio de fuertes medidas de seguridad y en lugares cerrados, mientras en la emblemática Avenida 9 de Julio de la capital Argentina, trabajadores, estudiantes, ambientalistas, defensores de derechos humanos, campesinos, indígenas, desempleados, feministas, sindicalistas y miles de activistas repudiaban las negociaciones y la posición de la Organización que sólo pretende beneficiar y acrecentar los beneficios corporativos. Pero las protestas no sólo tuvieron lugar contra la presencia de la OMC y su agenda aperturista, el gobierno de Macri impuso en esos días una reforma previsional que en síntesis disminuye las jubilaciones promedio, además de castigar el gasto de seguridad social. Se trata de un embate del capitalismo financiero que ha impuesto su agenda y que pretende garantizar el pago de sus beneficios a costa del presupuesto público. Las protestas sociales fueron masivas, pero el uso de la fuerza pública se hizo presente; numerosas imágenes quedarán gravadas debido al proceder brutal e intolerante del actual régimen argentino que castigó severamente a quienes se opusieron a este ajuste (más no reforma), como correctamente se le identificó por los manifestantes en las calles y en las múltiples consignas. Una muestra clara de que el neoliberalismo y sus ideólogos fortalecen su embate y no están dispuestos a ceder su lugar predominante como política de Estado en la mayoría de los gobiernos latinoamericanos, pero ello implica violencia, represión y muerte a quienes se oponen a sus corporativos preceptos. Otro caso que llamó la atención en semanas recientes es el lastimoso e indignante indulto humanitario al expresidente peruano Alberto Fujimori concedido por el actual mandatario, Pedro Pablo Kuczynski, en medio de polémica y una posible destitución debido a las acusaciones de recibir sobornos por parte de la constructora brasileña Odebrecht. El presidente en turno no fue destituido, pero en plenas celebraciones navideñas concedió el indulto al genocida ex mandatario, dejando sin castigo los actos de corrupción y convirtiendo en una víctima a quien atentó contra los derechos humanos de numeroso ciudadanos y opositores a su régimen de terror. En México, los tiempos no son mejores, el país ha sido azotado por la violencia, los fenómenos naturales como los terremotos y la puesta en marcha de la transición presidencial que opera en medio de prácticas coercitivas y poco democráticas, además de una amnesia histórica entre quienes olvidan los actos de corrupción cometidos por sus correligionarios. Se avecina una coyuntura en la cual se apuesta por el marketing y se demerita las funciones reales de un régimen político al servicio de la sociedad. Nuestro país estará nuevamente presente en la reflexión de los sucesos políticos, económicos y sociales por venir en este año electoral en donde es claro que el neoliberalismo ha dejado una herencia de despojo y precariedad para millones de mexicanos, cuyo hartazgo al modelo definirá en gran medida el futuro de América Latina. Es el momento de despertar de este letargo dependentista, es el tiempo en que la utopía nos permita caminar y abrir las puertas a una nueva realidad, reflexión que es una herencia del gran maestro Eduardo Galeano. Debe frenarse el avance de la derecha en nuestra región; los resultados de las elecciones en Honduras y Chile, así como actuar de los gobiernos, en los casos ya comentados deben prender las alertas sobre los riesgos de que el actual modelo de dominación se profundice en México y en las restantes naciones latinoamericanas que en este año se sujetarán a procesos electorales. Ante esta compleja realidad, se requieren reflexiones y aportes que nos permitan silenciar con argumentos rigurosos al pensamiento hegemónico de la derecha. La lectura crítica de los tiempos actuales es vital y desde todas las expresiones sociales, económicas, humanísticas y artísticas se debe afirmar que la agenda de los organismos financieros internacionales no es aceptada por los pueblos. En razón de ello, es motivo de celebración que durante 2017 se llevaron a cabo númerosos y éxitosos eventos que nos recordaran los 100 años del inicio de la Revolución Rusa y los 150 años de la publicación y vigencia del Capital de Karl Marx. En el año 2018, recordaremos las protestas de estudiantes, obreros y el magisterio entre otros actores sociales, quienes demandaron un cambio político y social en México, aspiraciones truncadas hace 50 años en la masacre de la Plaza de las Tres Culturas de Tlatelolco. En el curso de esta vorágine capitalista, estamos ciertos que requerimos espacios alternativos para poder manifestar nuestra oposición al sistema. Ante esta realidad avasallante, la revista De Raíz Diversa reafirma su compromiso con el pensamiento crítico y la difusión del conocimiento realizado por la comunidad intelectual latinoamericana. El actual número incluye trabajos que abordan temas centrales en los Estudios Latinoamericanos contemporáneos. El primero de ellos es el elaborado por Daniel Inclán titulado “Violencia y diseño de territorios. La relación negada de la economía contemporánea en América Latina”. El texto estudia las formas en las que opera la violencia en la vida social del siglo XXI. Se afirma que no estamos ante un desajuste de la vida civilizada, tampoco ante una anomia. La violencia es estructural en la vida social, juega un papel estratégico en la definición de las realizaciones culturales contemporáneas; es una realidad de múltiples niveles, con diferentes ritmos y con diversas escalas. Los dos siguientes trabajos se fundamentan en analizar los aportes y discusiones que surgen a partir de la teoría de la dependencia; el primero es realizado por Pablo Cuevas Valdés y se titula, “La unidad mundial de la acumulación de capital y la renta de la tierra: una contra-crítica desde la teoría de la dependencia”. El texto tiene por objetivo analizar las diversas lecturas y críticas que desde la economía política tiene el resurgimiento y auge de la teoría marxista de la dependencia en varios países de la región. Se trata de críticas que pretenden superar la noción de economía dependiente, principalmente a partir de la idea de “unidad mundial de la acumulación de capital”. El texto realiza una contra-crítica a estas formulaciones. El segundo trabajo se titula: “Meditaciones dusselianas acerca de la teoría de la dependencia y su fundamento” y es elaborado por Juan Cristóbal Cárdenas Castro. El artículo analiza dos asertos que han formado parte del núcleo de diferendos que han mantenido diversos científicos sociales latinoamericanos en torno a la cuestión de la dependencia. En primer lugar, la tesis sobre el fundamento de la teoría dependentista; en segundo lugar, el carácter de la superexplotación (o sobreexplotación) de la fuerza de trabajo. Para tales propósitos, se hace una revisión crítica de la manera en que el filósofo Enrique Dussel medita sobre esos asuntos. El cuarto artículo que integra este número se titula “Los buenos vivires. Una aproximación a las corrientes teóricas del buen vivir”, elaborado por Emilio Nudelman, documento en el cual se reflexiona acerca del debate reciente que se suscitó en diversos espacios académicos, gubernamentales, y al interior de distintos movimientos sociales, sobre dos conceptos que a primera vista parecieran contrarios y excluyentes: desarrollo y buen vivir. El concepto desarrollo es fuertemente cuestionado, y en muchos casos se contrapone a éste el concepto buen vivir, el cual adquirió notoriedad internacional tras convertirse en principios constitucionales de Ecuador y Bolivia, con base en formas de vida propias de los pueblos originarios andinos y amazónicos: sumak kawsay y sumaq qamaña. Pero éstas no son las únicas expresiones del buen vivir, debido a que no existe un buen vivir sino distintas formas de vivir bien, o muchos buenos vivires. Pablo Alderete Soto nos presenta el trabajo “Formas de politización campesina en Chile, una aproximación microhistórica (Curicó, 1941-1942)”. Los enfoques con los cuales tradicionalmente se ha pesquisado el problema de la politización campesina en el periodo anterior a la reforma agraria en Chile, han oscilado entre los que afirman la ausencia absoluta de movilización y acción política por parte de las comunidades campesinas y las que enfatizan la politización formal y semi-autónoma de los sindicatos agrícolas. En este artículo, por el contrario, se propone una tercera vía de análisis histórico: especificar el ecosistema social agrario, dando cuenta de las estratificaciones laborales y su incidencia en la politización, las luchas laborales cotidianas y las especificidades del hábitat sociocultural curicano. Dos trabajos abordan la incidencia del cine como instrumento de propaganda y como un instrumento esencial para recuperar la memoria y el testimonio del pasado reciente. Iniciamos con el artículo “La propaganda fílmica gubernamental mexicana (1934-1940)” escrito por Jesús Roberto Bautista Reyes. En el gobierno de Lázaro Cárdenas, la propaganda fílmica gubernamental persiguió dos fines específicos: al interior, fortalecer y legitimar al régimen emanado de la Revolución; y al exterior, difundir la misma Revolución como proyecto político con la capacidad de modernizar al país. Es así que cobra vital importancia entender las temáticas de las películas realizadas y cómo fueron proyectadas en toda Latinoamérica, con el objetivo principal de construir una zona de influencia cultural que al final se tradujera en una influencia política. El segundo lleva por título “Cine de memoria: del cine militante a Seré Millones”, escrito por Raúl Roydeen García Aguilar y José Axel García Ancira Astudillo. El estudio de la relación entre cine y memoria requiere la visibilización de diversos factores que intervienen en su constitución, tales como su distinción con el relato histórico oficial y los factores coyunturales, políticos y psicoló- gicos que permiten que un suceso o un proceso social se cristalice en el imaginario de una comunidad, para tal fin se problematiza con la obra Seré millones (Mascaró cine, 2014) por sus estrategias intermediales, intertextuales y de fundamento metaficcional. Los artículos concluyen con el texto “Todo lo que no te dirán Mongo: desarmando los mythscapes canadienses” con la literatura de Dany Laferrière, realizado por Alexandre Beaudoin Duquette. En este trabajo, se busca contribuir a desarmar los principales mythscapes nacionales canadienses, el multiculturalismo y el interculturalismo, usando Tout ce qu’on ne te dira pas Mongo (Todo lo que no te dirán Mongo) de Dany Laferrière, un escritor haitiano establecido en Montreal. El autor parte de la hipótesis de que la novela ofrece elementos de información incompatibles con dichos mythscapes nacionales, por lo cual constituye una oportunidad de aprendizaje. Inspirándose en el giro de las movilidades, así como en las teorías de los regímenes de movilidad, el autor acude a los estudios literarios para cuestionar la imagen estereotipada, propagada por actores sociales de poder, representados por los aparatos estatales de Canadá y Quebec, con el afán de aprovechar la fuga de cerebro para fortalecer su ventaja competitiva en un mercado globalizado. El número cierra con tres reseñas de material bibliográfico de reciente aparición. En esta sección se comenta el libro Cuando solo reinasen los indios. La política aymara en la era de la insurgencia, que busca recuperar e iluminar la historia del pueblo aymara en un momento y una región particular: 1780-81, en donde se escenificó una trascendental insurrección pan-andina. El segundo libro reseñado titulado: Neoliberalismo: treinta años de migración en América Latina, México y Michoacán, nos habla de tres décadas de migración, en la región, tomando como caso de estudio a México, pero analizando el fenómeno migratorio en una perspectiva global y en el contexto neoliberal. Finalmente en la sección de reseñas, Capitalismo en el nuevo siglo: el actual desorden Mundial, se refiere a un material que analiza los cambios en los últimos cuarenta años del sistema económico mundial y sus especificidades en la región de América Latina, resultantes de la crisis del capitalismo. No se puede concluir esta editorial sin agradecer las invaluables colaboraciones y propuestas realizadas por el actual Comité Editorial que amablemente aceptó sumarse a este proyecto. Para ellas y ellos un reconocimiento por parte de todo el equipo que hace posible la edición de la revista.
- Research Article
- 10.57087/verbeia.2017.4034
- Oct 28, 2017
- VERBEIA. Revista de Estudios Filológicos. Journal of English and Spanish Studies
El presente artículo científico presenta una revisión de algunos artículos y estudiosrelacionados con la enseñanza y aprendizaje de la habilidad de escucha de un idiomaextranjero (Gakonga, 2015; Goh, 1999; Richards, 2008; Sternberg, Sternberg, & Mio, 2012;
 Ur, 1996). A través de las distintas secciones, se espera justificar la idea de que, aunqueesta habilidad representa un reto tanto para profesores como para estudiantes, es posibleplanificar, monitorear y evaluar su desarrollo si se consideran tres aspectos: lacomplejidad propia de la habilidad de escucha, el rol esencial del docente y el rol activo delestudiante. La primera sección describe el proceso de escucha. Esta sección se enfocaprincipalmente en los factores internos que los estudiantes usan para realizar las tareas deescucha con éxito. La segunda sección da sugerencias sobre lo que los profesores puedenhacer para mejorar sus estrategias de enseñanza. La sección incluye ideas para superar lasdificultades mencionadas en la sección anterior. Finalmente, la tercera sección ilustra lasactividades que los docentes pueden preparar antes, durante y después de las tareas deescucha para que los estudiantes tomen un rol activo en el proceso. Este artículo intentaconcientizar a los profesores acerca de los desafíos a los que los estudiantes se enfrentan,así como lo que ellos pueden hacer como educadores para facilitar el proceso
- Research Article
- 10.5783/revrrpp.v12i23.742
- Jul 10, 2022
- Revista Internacional de Relaciones Públicas
Resumen Los clubes de fútbol en España, principalmente los que componen la Primera División y la Segunda División, han evidenciado notables cambios en las políticas de comunicación en los últimos diez o quince años. Los gabinetes de comunicación son áreas tan profesionalizadas, que llevan a cabo una intensa actividad informativa, utilizando todos los canales a su alcance para hacer llegar el mensaje a todos sus públicos, incluidos los medios de comunicación. Este estudio dará una visión concreta de cómo se comportan estos departamentos con los periodistas que habitualmente informan de estos clubes, qué facilidades tienen, qué impedimentos se encuentran, qué pueden hacer cuando acuden a cubrir informativamente un partido de fútbol o un entrenamiento. Para ello, se ha utilizado la técnica de la entrevista en profundidad, tomando el pulso a dieciocho periodistas que cubren a diario la información de los principales clubes de fútbol que son objetos de esta investigación. Los resultados demuestran que los clubes, y, por ende, los gabinetes de comunicación, no necesitan a los periodistas para informar, por lo que estos han debido desarrollar nuevos hábitos que según la importancia o el seguimiento que tenga la entidad, aumentan los impedimentos que encuentran para desarrollar su labor informativa.Palabras clave: Gabinetes de comunicación, periodistas, clubes de fútbol, redes sociales.AbstractFootball clubs in Spain, mainly the First and Second Division ones, have experienced a few changes regarding the forms of communication in the last ten or fifteen years. The communication offices are so professionalized areas that they carry out an intense informative activity, using all the channels at their disposal to get the message to all their audiences, including the media. This study will give a specific vision regarding how these departments behave with news reporters that usually give out information about these clubs; what assets they have, what inconveniences are there, what can they do when they are broadcasting information on a football match, or a training session. In addition, the role of social media will be examined, both the club as a whole and the individual players’. For this, the in-depth interview technique has been used, taking the pulse of eighteen journalists who daily cover the information of the main soccer clubs that are the object of this investigation. The results show that clubs, and therefore the communication departments, do not need the journalist to inform, as the informers have had to develop new habits and, the greater the importance of the entity, the greater are the inconveniences regarding the developing of its informative duty. The way of this research has been more complex than expected. Not all journalists have been open to carry out this work, for this reason the time for its development has been longer than expected. It can be noted that at least one journalist who has been interviewed works in cover the work of the main soccer teams in Spain, most of them in the First Division and others historical at the moment play in the Second Division. Those who have seen fit to ask the interview for the investigation were predisposed from the first moment, even offering to provide data and comments on the differences that exist between their first years of work as journalists of these clubs to current days. They find more difficulties than facilities, which prevent them from carrying out their work as journalists. One of the most important details during the conversations has been the speed with which they have had to adapt to the new demands, having to be up-to-date as far as social networks are concerned. These tools are essential to be able to be informed, in many cases, of what footballers do or say when they do not want to attend to the media, either due to the demands of the club or the player, who is reluctant to answer the questions from journalists. Applications such as Twitter or Instagram have become the best allies for journalists to reach the news on more than one occasion, considering themselves as a primary source. Thequestion is different nowadays because these football players' messages can be read at the same time for the followers. Another surprising aspect of the investigation is the different way some clubs treat journalists. There are remarkable differences between the so-called ‘big clubs’ with the rest of them. There are clubs that prohibit the access to team training sessions or that open the possibility that fans can see how some squads work.Keywords: Communication departments, journalist, football clubs, social media.
- Research Article
- 10.18257/raccefyn.26(100).2002.2689
- Aug 3, 2024
- Revista de la Academia Colombiana de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales
Se hace un análisis de tres diferentes maneras en las que se puede entender la responsabilidad del científico con la ética. Una primera, apenas mencionada, es la que se encuentra más frecuentemente en la literatura moderna y que consiste en explicar a los éticos las implicaciones de nuevos problemas que surgen de desarrollos tecnológicos también novedosos. No se trata pues de nuevos conceptos en ética sino de una contribución a la solución de nuevos problemas usando el pensamiento ético tradicional. La segunda es el estudio biológico de la génesis de los comportamientos sociales, entre ellos el surgimiento de la moral en los humanos. Se traen algunos ejemplos de los animales y se discute en qué medida éstos evolucionaron biológicamente y son verdaderos antecedentes de la moral. Por último, se discute si es posible derivar o modificar normas morales a partir de conocimiento científico. Se plantean las dificultades lógicas para pasar del campo de lo que "es" (propio de la ciencia) al campo de lo que "debe ser" (propio de la ética), y se explica en qué consiste la denominada "Falacia Naturalista" denunciada por Moore. A pesar de eso, se muestran algunos ejemplos en los que resulta claro que debe existir algún mecanismo, o una vía, por medio del cual usando el conocimiento científico la sociedad ha modificado, en el curso de la historia, las normas morales. Una posible solución que se presenta es que la explicación metaética de las normas sí es susceptible al análisis, y a una confrontación con la realidad usando el método científico. Eso permite al hombre racional escoger con argumentos científicos la mejor entre dos normas alternativas, basándose en la fortaleza de sus explicaciones metaéticas.
- Research Article
- 10.5377/reice.v12i24.20054
- Dec 30, 2024
- REICE: Revista Electrónica de Investigación en Ciencias Económicas
Vietnam pertenece al grupo de países en desarrollo con la economía de más rápido crecimiento del mundo, por lo que la creación de instituciones y el complemento de la normativa legal desempeñan un papel vital en la planificación de las estrategias de desarrollo económico y social del país. Para tener una buena institución, es necesario mejorar la calidad de las instituciones y su capacidad para desarrollar políticas y proponer soluciones viables, por lo que hay que darles prioridad. Esta investigación pretende analizar y aclarar las soluciones básicas para mejorar las instituciones de desarrollo en el Vietnam actual. En las condiciones actuales de Vietnam, el Gobierno vietnamita sigue priorizando y centrándose en perfeccionar las instituciones, modificar y complementar el sistema legal, especialmente las cuestiones prácticas de reciente aparición, ajustar para eliminar los obstáculos en los mecanismos y las políticas, crear condiciones favorables para el desarrollo socioeconómico, que son urgentes en el contexto de la integración. El contenido del artículo también señala y analiza el papel de las instituciones de desarrollo en Vietnam en la actualidad; cuáles son los problemas planteados para perfeccionar las instituciones de desarrollo en Vietnam en la actualidad; y las soluciones para perfeccionar las instituciones de desarrollo en Vietnam en la actualidad. En consecuencia, los problemas planteados para perfeccionar las instituciones de desarrollo en el Vietnam actual se expresan claramente en los siguientes puntos: La innovación de las instituciones tiene un amplio conjunto, dependiendo de muchas condiciones y circunstancias diferentes; La innovación de las instituciones políticas sigue siendo lenta en comparación con la innovación de las instituciones económicas; En el desarrollo de la sociedad, las instituciones relacionadas con las políticas de promoción de la competencia reducirán el alcance de la autoridad y la influencia de los organismos de gestión del Estado; La sincronización entre las instituciones de desarrollo político, cultural y social no ha seguido el ritmo de las instituciones de desarrollo económico y las instituciones de integración. Las soluciones en las que hay que centrarse serán: perfeccionar las instituciones de práctica democrática; seguir innovando el pensamiento sobre la creación de instituciones de desarrollo; reforzar el marco jurídico de las instituciones de desarrollo económico digital y urbano creativo; aumentar la concienciación y la comprensión de las instituciones de desarrollo sostenible. La limitación de este artículo es que no ha señalado y analizado los factores que afectan a la mejora de las instituciones de desarrollo en Vietnam en la actualidad.
- Book Chapter
- 10.22201/ch.9786073074582e.2023.c5
- Jan 1, 2023
Desde el inicio de la pandemia por COVID-19 comenzó a registrarse en muchos países un incremento, al parecer inusitado, de agresiones al personal de salud, así como, en ocasiones, a instituciones hospitalarias. Este fenómeno tuvo una notable presencia mediática sobre todo en los meses de marzo, abril y mayo de 2020, para luego desvanecerse y desaparecer de los medios. En México la característica principal de estas agresiones fue el dinamismo con la que se presentaban, es decir, los ataques disminuían en un lugar y surgían en otro, lo que explica que las estrategias de atención tuvieran un carácter reactivo y no preventivo. El asunto rápidamente se convirtió en materia de investigación científica, por lo que también, a partir de esos meses, se registró un notable incremento de publicaciones académicas en diversas revistas y journals de medicina, salud pública, humanidades y ciencias sociales, en las que se describe el fenómeno de las agresiones al personal de salud en el marco de la pandemia. En este capítulo nos proponemos hacer un análisis crítico del problema de las agresiones al personal de salud durante la pandemia en México, así como de las explicaciones que se han tratado de dar al respecto. Sostenemos que en muchas ocasiones el problema ha sido abordado superficialmente OSIN la debida contextualización, lo que se ha traducido en una ausencia de explicaciones genuinamente sociológicas. En la primera parte mostraremos que, a nivel mundial, y, ciertamente, en nuestro país también, el personal médico, de enfermería y las instalaciones de salud son objeto de diversas formas de violencia desde hace muchos años. En la segunda parte haremos una revisión del concepto de estigma, poniendo particular interés en los desarrollos que ha alcanzado al paso de los años. Mostraremos, desde luego, el sentido en que Goffman propuso este concepto para la psicología social y la sociología. En la tercera parte de este trabajo presentaremos la evidencia empírica en la que se basa nuestra investigación. Se trata de un seguimiento de noticias sobre agresiones al personal de salud en México, realizado por la Delegación Regional para México y América Central del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR). En la cuarta parte presentamos nuestra propuesta de explicación de las agresiones registradas contra el personal de salud en México, específicamente entre marzo y junio de 2020. Por alguna extraña razón, si bien desde un comienzo diversos medios visualizaron el fenómeno de la infodemia (a la que haremos referencia más adelante), poco se ha dicho sobre el contexto de rumores que circularon en aquellos meses en torno a la pandemia y que, sostenemos, jugaron un papel central en el problema de las agresiones.
- Research Article
- 10.5377/arquitectura.v10i19.20516
- Jun 26, 2025
- Revista Arquitectura +
Cuando se habla de grafiti normalmente se percibe un rechazo natural por parte de los residentes de un determinado contexto y más cuando se le vincula a un entorno en donde existen elementos del paisaje urbano con carácter patrimonial cultural. Pero, lo importante de abordar acá es que todas estas expresiones son parte de su misma imagen urbana como resultado de lo que generan sus propios habitantes. La ciudad de Masaya, es una ciudad emblemática por sus costumbres y tradiciones dando apertura a las distintas expresiones artísticas que se manifiestan periódicamente. Pero, ¿existe aceptación por las expresiones de arte urbano como el grafiti? Masaya no es la excepción para encontrarse con una o muchas de estas intervenciones artísticas en los muros de sus edificaciones, lo que da pauta para confiar en que se puedan generar proyectos con esta técnica abordando temáticas de la cultura de la ciudad, implementando estrategias coherentes relacionadas con los factores ambientales y que generen equilibrio con todos sus componentes. Esto es lo que se persigue con el ejercicio expuesto en este artículo, el cual procura validar una propuesta metodológica de tesis doctoral para la implementación del grafiti en el desarrollo sostenible de la imagen del espacio urbano en el caso de estudio.
- Single Book
- 10.54094/b-80c0ca1034
- Jan 1, 2025
In the literature of Spain, Latin America, and the Caribbean, countless acts of redefinition emerge through destruction, a powerful symbol of breaking free from oppressive forces and embracing independence. Within these narratives, characters undergo a process of redefinition, enabling them to assert themselves and advocate for their own rights, ultimately generating a sense of empowerment. But this transformation isn’t confined to human beings alone, it also extends to magical creatures, demonstrating that all entities, human or otherwise, have the power to reshape their destinies through the redefinition of their identities. 'Liberation through destruction: From fantastic creatures to marginalized social groups' portrays literary worlds in which a rich tapestry unfolds, where witches, sorcerers, demons, and other fantastical beings coexist within contemporary, modern, and even colonial settings. These characters breathe life into these narratives, giving voice to those marginalized, alienated, or rejected by society. However, the presence of these diverse and extraordinary characters challenges the established hierarchies. When women are seen as witches or portrayed as autonomous figures, fear often follows. The dissident woman becomes a target simply for refusing to conform. Her defiance against masculine subjugation, and her pursuit of feminine liberation and economic autonomy, forces her into a liminal space between what is accepted and what is repudiated, between what is considered “normal” and what is “terrifying.” This “woman,” who breaks the rules and challenges societal norms, who evokes the heroines who took action, like Antigone and La Llorona, heroines who act decisively to navigate the blurred line between what is “fair” and what is “unfair,” between what is “right” and what is “wrong.” In doing so, they enter a space where they are both feared and revered, they embody a liminality that gives them the ability to rewrite the stories they occupy and enter a realm where they are both feared and revered. En la literatura española, latinoamericana y caribeña, son frecuentes los actos de redefinición que, a través de la destrucción, se presentan como un poderoso símbolo de liberación de las fuerzas opresivas y de la adopción de la independencia. Dentro de estas narrativas, los personajes a menudo atraviesan un proceso de redefinición que les permite afirmarse y abogar por sus propios derechos, acompañado de un proceso de empoderamiento. Sin embargo, esta transformación no se limita solo a los seres humanos, sino que también se extiende a criaturas mágicas, demostrando que todas las entidades, sean humanas o no, tienen el poder de redefinir su identidad y, por tanto, transformar su destino. 'Liberación a través de la destrucción: De criaturas fantásticas a grupos sociales marginados', despliega un rico tapiz de mundos literarios donde brujas, hechiceros, demonios y otros seres fantásticos coexisten en escenarios contemporáneos, modernos y coloniales. A través de estos personajes, se consigue dar voz a aquellos que han sido marginados, alienados o rechazados por la sociedad. Sin embargo, la presencia de estos personajes no pasa de largo, sino que desafía el status quo. La aparición en estas obras de mujeres que son (o son vistas) como brujas o figuras autónomas suele causar miedo a su paso. La mujer disidente no pasa de largo, sino que se convierte en objetivo simplemente por no conformarse con lo que le viene impuesto. Su búsqueda de la liberación femenina y la autonomía económica la obliga a ocupar un espacio ambiguo entre lo aceptado y lo repudiado, entre lo que se considera “normal” y lo que se considera “terrorífico”. Esta “mujer” que rompe las reglas y desafía las normas sociales, evoca a heroínas como Antígona y La Llorona; heroínas que actúan de manera autónoma, fijando sus propias normas y situándose en una línea difusa entre lo “justo” y lo “injusto”, entre lo “correcto” y lo “incorrecto”. Al hacerlo, entran en un espacio donde son tanto temidas como veneradas, un espacio donde tienen la capacidad de reescribir sus propias historias.
- Single Book
- 10.37811/cli_w1174
- Mar 12, 2025
La inclusión social del adulto mayor, es un tema crucial a nivel mundial, debido a que para el 2050 existirá una de cada seis personas con más de 65 años (ONU, 2024), lo cual representa un verdadero desafío para todos los países, la consecuencia de este factor de crecimiento del en-vejecimiento poblacional afecta a todos los sectores sociales. Según ONU (2024) las personas mayores de 65 años han aumentado aceleradamente, por lo cual se estima que para el 2050 los adultos mayores será el doble de la población infantil me-nor a 5 años, lo que ha generado la necesidad de implementar políticas globales que garanti-cen la salud y el bienestar del adulto mayor. En América Latina y el Caribe la tendencia demográfica de la población adulta mayor ha sufri-do un gran incremento en los últimos 70 años, por lo cual se ha experimentado un proceso de envejecimiento acelerado en comparación con otras regiones a nivel mundial (CEPAL, 2022) En el Ecuador el enfoque social del adulto mayor en las últimas décadas ha ido tomando rele-vancia en el contexto de los cambios demográficos, la población mayor a 60 años ha tenido un crecimiento considerable, lo que ha generado la necesidad de implementar políticas y progra-mas que garanticen su participación activa en la sociedad, respetando sus derechos y promo-viendo su bienestar. Este sector poblacional representa un grupo vulnerable debido a factores como la pobreza, la falta de acceso a servicios de salud de calidad, y la marginación social, lo que hace imperativo el desarrollo de estrategias que promuevan su integración en las esferas económicas, sociales y culturales.
- Research Article
- 10.7764/tl.73.107-122
- Dec 1, 2023
- Taller de Letras
Un mundo gobernado por los nazis que se parece muchísimo al mundo que emergió tras la Segunda Guerra Mundial es lo que encontramos en El hombre en el castillo (1962). Bajo el totalitarismo, las prácticas de consumo son las mismas que operan bajo la lógica cultural del capitalismo avanzado que conocemos. En la parte gobernada por Japón, los “cultos” adinerados coleccionan “objetos históricos de la civilización popular norteamericana” (34), como si se tratara de verdaderas antigüedades. La noción de historia forma parte del negocio, toda vez que los objetos de colección son acompañados con un certificado que acredita su “valor histórico” (70). “Tenían una pasión maniática por lo trivial”, se lee poco más adelante, y consideraban una muestra “realmente auténtica de la moribunda cultura norteamericana”, por ejemplo, un reloj pulsera de juguete con la cara de Micky Mouse estampada en el centro (51). Producidos en 1938, ya no quedaban más de 10 en todo el mundo, lo que hacía de tal artefacto plástico una verdadera joya anticuaria. Solo los comerciantes más astutos comprendieron que “el valor histórico no estaba en el certificado, sino en el objeto”, volviendo así inútiles términos como “genuino” y “falsificado”. El nazismo, nos muestra Philip Dick, es más que Hitler, que en su novela muere tempranamente gracias a una sífilis cerebral adquirida durante sus años de Viena, siendo reemplazado en el liderazgo por Martin Bormann. La violencia totalitaria convive así con la trivialidad de la cultura estadounidense, hasta fundirse con ella. La novela de Philip Dick se acerca, y no poco, a la tesis esgrimida por Max Horkheimer y Theodor W. Adorno en su famoso capítulo de la Dialéctica de la ilustración dedicado a la industria cultural, más allá, por cierto, de la dominante barbarie estética. Allí muestran que las diferencias entre los productos de consumo no sirven sino para “clasificar, organizar y manipular” (168) a los propios consumidores, y ello, bajo la totalitarización técnica y cultural a nivel industrial de la vida, asemeja más que diferencia el nazismo con la “civilización popular norteamericana”. El suelo para la posibilidad de un Trump ya estaba completamente instalado en los años de postguerra.
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