Abstract

Este trabajo propone un replanteamiento a la forma de entender el activismo judicial, sobre todo, alejarlo de las críticas que se han gestado desde diferentes posiciones teóricas sin un sustento empírico fuerte, ya que en la práctica judicial ese activismo, en específico, el que se da en sede constitucional de última instancia, representa una vía institucional para la concretización de los derechos fundamentales y la sociedad democrática. Así, el activismo judicial al representar una consecuencia del control judicial tendrá una base institucional que es compatible con el diseño institucional del Estado Constitucional, pues ese diseño ha conferido discrecionalidad a los jueces constitucionales para concretizar el contenido de la Constitución.

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