Abstract
La reflexión política de Platón, así como la teoría de la justicia que de ella se desprende, escapan de las categorías convencionales que definen las tendencias políticas de la Atenas del siglo V a. C. La imposibilidad de circunscribirlas en el marco de dichas categorías nos enfrenta a una dificultad mayor en relación con la comprensión de la aserción según la cual la justicia es una realidad natural. Al afirmar lo anterior, el filósofo pone en relación de complementariedad dos realidades que, de acuerdo con la mentalidad política de la Grecia antigua, representan los polos opuestos de la antinomia entre la ley positiva y el llamado derecho natural o νόμος κατὰ φύσιν. Por muy paradójico que parezca, el hecho de considerar que la justicia es una realidad natural confiere su orientación y su lógica propia al proyecto político desarrollado en la República platónica. Conforme a dicha orientación, Platón logra instalar un mito fenicio como base de su proyecto político y materializar las lecciones que se desprenden del mismo bajo la forma de una serie de prescripciones destinadas a encaminar la existencia de los miembros de la ciudad ideal en la dirección fijada por la justicia natural.
Highlights
Plato’s political conception, as well as the theory of justice that emerges from it, forgo conventional categories which define the dominant political theories in fifth century Athens
Arraigada en una antigua tradición del pensamiento occidental, antaño recreada por la poesía elegíaca, la teoría según la cual el derecho a gobernar reside en una ley natural será retomada por la élite intelectual de la oligarquía ateniense de mediados del siglo V a
La teoría de la justicia expuesta por Calicles (Gorgias, 482e483a) parte de la distinción entre dos ámbitos en cada uno de los cuales la justicia designa una realidad distinta: el ámbito de la naturaleza y el de la ley escrita
Summary
La teoría de la justicia expuesta por Calicles (Gorgias, 482e483a) parte de la distinción entre dos ámbitos en cada uno de los cuales la justicia designa una realidad distinta: el ámbito de la naturaleza (φύσις) y el de la ley escrita (νόμος). Mientras que la primera declara lícita la tendencia de los hombres superiores a dominar y a poseer más que los demás, la ley escrita, en tanto consecuencia de la imposibilidad de satisfacerla, representa para los hombres inferiores la condición de posibilidad de operar una inversión del sentido original de la justicia, inversión al cabo de la cual la πλεονεξία -esa tendencia de las naturalezas bien constituidas a la dominación y a la acumulación de riquezas- será concebida como la máxima expresión de injusticia.. Se trata de la temperancia o del comúnmente llamado dominio de sí mismo (σωφροσύνη): el mejor y el más poderoso de los hombres, pregunta Sócrates, cuya fortaleza de alma y cuya inteligencia le confieren el derecho natural de gobernar, ¿posee acaso la fuerza necesaria para someter la bestia de cuatro cabezas que habita en la parte inferior de su alma al dominio de la parte racional? Quía ateniense como argumento a favor de su derecho exclusivo al ejercicio del poder económico, político y militar
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