Abstract

El derecho internacional ofrece a la comunidad internacional varios tipos de instrumentos internacionales, y no todos han sido explorados completamente por la doctrina. En ese contexto, el presente artículo tiene como objetivo reexaminar el análisis planteado por Jan Klabbers en su libro “The Concept of Treaty in International Law” (1996) sobre los administrative agreements, que en la legislación peruana reciben el nombre de “acuerdos interinstitucionales” (AI). En ese sentido, se revisarán cuatro críticas que Klabbers plantea sobre tales tipos de acuerdos: i) la textura abierta de la definición de Estado en la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (CVDT); ii) el rechazo hacia la hipótesis sobre la subjetividad internacional de las entidades públicas y la existencia de un tercer orden jurídico distinto al derecho interno y al derecho internacional; iii) las dificultades de reconciliar los AI con la teoría de la responsabilidad internacional; y iv) la facilidad de repudio de los administrative agreements. Siguiendo este propósito, el artículo explora soluciones a los principales problemas identificados por el jurista holandés, revisando esos dilemas a través del caso del AI peruano, mediante una metodología analítica.

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