Abstract

Los derechos humanos constituyen un repertorio de libertades y derechos inherentes a cada uno de los seres humanos, sobre la base de su igualdad y dignidad personal y social. En 1992, la Corte Suprema de Justicia de la Nación definió que el derecho internacional y el derecho nacional integran un mismo ordenamiento jurídico, instaurando una postura monista. En 1994, la reforma de la Constitución Nacional confirmó esa posición y otorgó jerarquía constitucional a las diversas normas en materia de derechos humanos. Se configuró, en consecuencia, un piso mínimo de derechos para todas las personas. Los Estados subnacionales se encontraron con un conjunto amplio de nuevas obligaciones a las que respetar, sumado a los nuevos servicios que recibió por el proceso de descentralización de la Reforma del Estado. Todo ello sin nuevos recursos o fuentes de financiamiento para cumplir con los nuevos gastos. Se produce, entonces, un «estrangulamiento» a nivel subnacional, producto de la presión para satisfacer estas nuevas exigencias de los tratados internacionales. Este proceso constituyó una transformación del federalismo plural centralizado, que Argentina había adoptado en el siglo XIX.

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