Abstract

Los pueblos indígenas poseen culturas ancestrales valiosas, las cuales hacen importantes contribuciones a la sociedad en general. Sin embargo, a pesar del valor reconocido de estos pueblos y de sus culturas, sus derechos más esenciales han sido violados por largo tiempo. La era postcolonial no puso fin a la «colonización» interna, ya que en muchos lugares los nativos siguen siendo tratados como inferiores a los demás habitantes del territorio del Estado. No obstante, el derecho internacional se mueve hacia la dirección opuesta, ya que reconoce la dignidad y los derechos no solo de los individuos, sino también de los pueblos indígenas, lo que les garantiza seguridad cultural. En las últimas décadas, se han adoptado instrumentos internacionales relevantes, que inspiraron las reformas constitucionales y las iniciativas de derechos humanos para la protección de los pueblos indígenas. Este artículo tiene como objetivo investigar cómo el reconocimiento legal de la autodeterminación de los pueblos indígenas contribuye a la protección y promoción de su cultura. A tal efecto, la primera sección del documento abordará la discusión conceptual sobre los pueblos indígenas, así como los modelos de relación jurídico-política entre ellos y el Estado. En segundo lugar, los derechos de los pueblos indígenas serán examinados desde la perspectiva del derecho internacional, con especial énfasis en el derecho colectivo de autodeterminación. En la última sección, las constituciones de América Latina serán estudiadas, con el fin de presentar la situación de la libre determinación indígena en Estados de América Latina.

Highlights

  • Indigenous peoples have valuable ancestral cultures and make important contributions to society in general

  • La protección que se ha dado a los pueblos indígenas de América Latina también fue posible debido a la influencia de las normas internacionales de derechos humanos, y específicamente de los documentos que promueven el respeto a la diversidad cultural

  • Según Martínez Cobo (1986), los pueblos indígenas se caracterizan principalmente por tener un vínculo de ascendencia con los pueblos originarios, por la diferenciación del grupo social dominante y por su identidad cultural

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Summary

IV.1. La superación del régimen de excepción en Venezuela

La Constitución venezolana de 1961, impulsada por una ideología integracionista, consideró a los individuos indígenas culturalmente inferiores a los demás. 128 indígenas, así como de los deberes que se impuso al Estado (artículos 119 a 126). La Constitución también prevé que el Estado tiene como objetivo reconocer la existencia de los pueblos y comunidades indígenas; su organización social, política y económica —la cual incluye costumbres, idiomas, religiones—; así como el derecho a las tierras que tradicionalmente ocupan. Sin embargo, no consiste en la afirmación de su soberanía, ya que los pueblos indígenas forman parte de Venezuela, como Estado único, soberano e indivisible. Según Omar González Ñáñez (2009), la Constitución de 1999 marcó la creación de un nuevo estado de ciudadanía para los indígenas, reconociendo que son, al mismo tiempo, miembros de su grupo étnico y ciudadanos del Estado venezolano, el cual es un país culturalmente diverso: multiétnico, multicultural y plurilingüe

IV.2. El derecho a la libre determinación en la Constitución boliviana
IV.3. La libre determinación en la Corte Constitucional de Colombia
IV.4. Derechos de los pueblos indígenas en la Constitución ecuatoriana
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