Abstract
This study is aimed at describing the three main comparative law models for explaining the economic protection of the right to one’s image (intellectual property right, personality rights and a hybrid right consisting of personal and economic attributes). It will then analyze the main elements of the regulations on the right to one’s image in Latin America, specially focusing on acts of commercial exploitation, and it will finally try to connect the Latin American reality with the existing theoretical models.
Highlights
Resumen En el presente estudio se describen los tres principales modelos que se han elaborado en el derecho comparado para explicar la protección patrimonial del derecho de imagen
A continuación vamos a analizar más de cerca los conceptos vertidos por la doctrina y jurisprudencia nacionales sobre los actos por medio de los cuales se instrumenta la explotación económica del derecho de imagen
Puerto Rico: Ley del Derecho sobre la Propia Imagen - Ley Núm
Summary
Resta (2005), pp. 271-276; Beverley et al (2005), pp. 212-214; Resta (2006), pp. 635 y ss.; Black (2011), pp. 12-27; Resta (2011), pp. 48-51 y 58-65; Vendrell (2014), pp. 461 a 465; Resta (2014), pp. 23 a 26. 12 Para una comparación entre Estados Unidos y algunos países de Europa, o entre países europeos: Whitman (2004), Beverley et al (2005), Bergmann (2009), Cantero et al (2010), Vendrell (2014). Para una comparación entre Estados Unidos y Reino Unido: Leaffer (2007). 14 Un análisis comparativo de este tipo supone aceptar -como es nuestro caso- que los conflictos en torno a la explotación comercial del derecho de imagen son similares en todos los países, dado que también lo son las prácticas generales del mercado, y en particular el notorio avance de este último sobre sectores de la vida social que -hasta hace no mucho- le eran extraños. Siendo similares los problemas y su contexto, parece lógico que lo sean también las decisiones, o al menos las líneas directrices fundamentales que sirvan de guía para tomar esas decisiones. 16 Dejamos aclarado que no vamos a ingresar en el tratamiento jurídico de las intromisiones ilegítimas en el derecho de imagen y sus consecuencias que, en un sentido amplio, podrían ser consideradas como aspectos que integran el régimen de protección del derecho de imagen, sino que nos vamos a focalizar en los modelos de concebir los aspectos patrimoniales del derecho de imagen y la manera en que se explican los actos de disposición (contractual o negocial) sobre el derecho de imagen
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