Abstract

Las marcas, además de diferenciar productos o servicios de los competidores, logran atesorar un prestigio. Así nacen las figuras de las marcas notorias y renombradas o famo-sas, que jurídicamente demandan protección mayor a la tutelada para las marcas usuales. Sin embargo, en el ámbito internacional existe una gran confusión en cuanto a su terminología y alcance en su protección. El presente estudio pretende aportar elementos para aclarar los con-ceptos de estas figuras tomando como base la legislación aplicable a la Comunidad Andina de Naciones (CAN), además de hacer un análisis de su protección, así como posibles sugerencias para mejorar su tutela jurídica.

Highlights

  • Resumen: Las marcas, además de diferen- Abstract: Apart from making the difference beciar productos o servicios de los competido- tween competitor’s products and services, trademarks res, logran atesorar un prestigio

  • The legal institutions of las figuras de las marcas notorias y renom- Well-Known and Famous Brands emerge. These bradas o famosas, que jurídicamente deman- brands require a higher legal protection than the redan protección mayor a la tutelada para las quired for common brands

  • El presente estudio pretende aportar concepts related to this legal institutions, based on the elementos para aclarar los conceptos de es- applicable provisions within the Andean Community tas figuras tomando como base la legislación of Nations (ACN), as well as to analyze the legal aplicable a la Comunidad Andina de Nacio- protection hereof, and possible recommendations adnes (CAN), además de hacer un análisis de dressed to improve such legal protection

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Summary

Introducción

Las marcas son signos que además de distinguir productos o servicios de los relativos a su competencia, atesoran un prestigio o calidad. A efecto de proteger el prestigio ganado por el legítimo creador de este tipo de marcas, y evitar la confusión del público consumidor, tanto las marcas notorias como las renombradas o famosas deben tener una tutela legal adicional a la marca común. Sería injusto conceder igual tutela jurídica a una marca que sólo es conocida en el sector al cual dirige principalmente su oferta, y que, por ende, no es conocida en otros sectores, que a un signo que es reconocido por la generalidad del público. También se analiza el caso de la Comunidad Andina de Naciones (CAN), que sólo reconoce a la marca notoria, analizando la problemática específica en la tutela jurídica tanto para el registro de marca como del uso de la misma por parte de un tercero ajeno a la notoriedad o fama del signo. Se evitarían litigios innecesarios, donde se tendría que acreditar en cada caso conceptos de dilución, perjuicio, menoscabo, lesión, daño injusto, etcétera, que se pueden evitar con la tutela automática, pues este tipo de elementos —como se pretende acreditar en este trabajo— se configuran claramente una vez acreditado el conocimiento del público consumidor, bien sea en el sector o en la generalidad del público en el mercado

Principios y reglas que rigen la estructura del sistema marcario
Principio de territorialidad
Principio de especialidad
Regla de inscripción registral
La valoración de los principios y reglas en el sistema marcario
Concepto y protección jurídica de la marca notoria
Concepto y protección jurídica de la marca renombrada
Fundamentos para la protección legal de las marcas notorias y renombradas
La protección al consumidor de una marca notoria o renombrada
La dilución de una marca notoria o renombrada
Propuesta de reformas a la D 486 CAN
Bibliografía
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