Abstract

A través del presente trabajo se analiza la necesaria relectura e interacción entre los derechos humanos y el derecho ambiental a los fines de garantizar y fortalecer la incorporación de la dimensión colectiva o social. A partir de la obligación imperativa que “el daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer” [1] se aborda la problemática de los pasivos ambientales, que (en algunos casos) debe ser resuelta por el Estado para evitar seguir traspasándolos a las generaciones futuras. Se analiza el derecho de reparación integral y garantía de no repetición como medidas para abordar las inequidades en la distribución de las cargas y costos socio-ambientales de una contaminación histórica que es arrastrada hacia tiempos presentes y se manifiesta como un potencial problema para las generaciones futuras, lo que requiere de una interpretación hermenéutica del complejo engranaje de sistema de fuentes.[1] Según texto del artículo 41 de la CN.

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