Abstract

La mayor parte del conjunto de casos de sustracción internacional de menores son una manifestación trágica y dolorosa de una crisis matrimonial o de pareja. En este marco de actuación, la retención transfronteriza, frente a las situaciones estrictamente internas, posee como elemento distintivo el desplazamiento o traslado del menor a cargo del sustractor con el fin de encontrar un sistema legal de cobertura distinto y más favorable a sus intereses. Para evitar múltiples perjuicios y, con miras a preservar el interés superior del menor, el Reglamento (CE) 2201/2003 blinda la competencia en esta materia a favor de los tribunales de la residencia habitual del menor. Si bien, la gran diversidad de causas que subyacen en el secuestro de menores no deben ser ignoradas a la hora de proponer la solución más adecuada.

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