Abstract

Durante casi ocho décadas varias regiones del país han sufrido graves violaciones a los derechos humanos e infracciones al DIH. Miles de campesinos, líderes sindicales y dirigentes políticos han sido asesinados, desaparecidos, desplazados, obligados a exiliarse, etc., pero ¿quiénes son los causantes de esas violaciones?, ¿en el actual mundo globalizado los actores del conflicto siguen siendo los mismos de otros tiempos?, ¿el crimen ha evolucionado y avanzado a otras esferas?, ¿qué factores hacen que quienes cometen tales violaciones sean susceptibles de ser declarados responsables?<br />Los anteriores cuestionamientos tratan de abordarse en el presente artículo, el cual intenta hacer una lectura de la realidad colombiana, a partir de fuentes teóricas sobre los principios y funcionamiento de los mercados, especialmente, el actuar de algunas empresas multinacionales, en este caso: Chiquita Brands, Dole, Del Monte y Drummond, con presencia en Colombia, desde hace más de ochenta años, como es el caso de Chiquita Brands. Con ello, se trata de demostrar que estas empresas, según confesiones de los más altos jefes paramilitares de Colombia, no han tenido ningún reparo en pagar a estos grupos armados ilegales para aumentar su lucro y acabar con la voz de los trabajadores y de las comunidades y así ampliar de manera descomunal sus márgenes de ganancia.<br />En tal sentido, millones de colombianos pertenecientes a los grupos más vulnerables de la sociedad, mueren, desaparecen, son torturados, desplazados, exiliados, etc., como consecuencia de algunas acciones de las multinacionales instaladas en el país que no sólo aprovechan nuestros recursos y nuestra mano de obra a muy bajo precio, sino que financian a grupos ilegales para cometer las más graves violaciones de derechos humanos, con el objetivo de expandirse y aumentar sus ganancias. Intento mostrar la magnitud de las consecuencias humanitarias, sociales y políticas causadas por las multinacionales en nuestro territorio y otros posibles escenarios para ir en búsqueda de justicia ante tales vulneraciones. De esa forma, ante la falta de celeridad y eficacia de la justicia colombiana frente a las acciones de estas multinacionales en nuestro país, se hace referencia a otro mecanismo del que han tenido que usar las víctimas: los estrados estadounidenses fundamentados en la “Clausula Alien Tort Claim Act” – ATCA - responsabilidad extracontractual extranjera, en violación a la ley de las naciones, estatuto que prohíbe y castiga las graves violaciones de derechos humanos de nacionales estadounidenses en el extranjero o de extranjeros en el territorio estadounidense.<br />Este es el único camino que en el campo específico de las violaciones a los derechos humanos del que pueden hacer uso las víctimas de delitos causados por estas empresas en territorio colombiano, ya que Estados Unidos se ha caracterizado por ser un país reservado en cuanto a la ratificación de diversos instrumentos de derechos humanos y derecho internacional humanitario, como el Estatuto de Roma.<br />Sin embargo, a falta de normatividad interna con relación a violaciones de derechos humanos como ya se mencionó, diversas decisiones judiciales se han basado en la Ley de Responsabilidad por Daños a Extranjeros (Alien Tort Claims Act o Alien Tort Statute-ATCA).

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