Abstract

La naturaleza ha sido, por largo tiempo, una voz no escuchada por el derecho. Sin embargo, desde los setenta del siglo pasado, la comunidad internacional ha empezado a cambiar de mentalidad y considerar el ambiente como un objeto de interés jurídico. La crisis ambiental que está amenazando el planeta, nuestra casa común, y nuevos enfoques epistemológicos basados en la earth jurisprudence han favorecido la emersión del concepto de “derechos de la Naturaleza”. A nivel constitucional, han sido reconocidos en la Constitución de Ecuador en 2008. Además, muchos otros países han aprobado leyes que atribuyen personalidad jurídica a ríos, glaciares, animales, etc. El artículo compara la reciente jurisprudencia colombiana e indiana que ha reconocido componentes naturales como sujetos de derechos.

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