Abstract

La Ley de Arbitraje se inspiró en la Ley Modelo de Arbitraje Comercial Internacional de la CNUDMI. Ambas normas facultan a los tribunales arbitrales a dictar medidas anti-proceso o anti-suit injunctions. Estas medidas calificadas como medidas cautelares tienen como función la protección del monopolio jurisdiccional otorgado por las partes al tribunal arbitral para así, afrontar el riesgo de que existan dos procesos paralelos y se emitan dos decisiones contradictorias. Empero, a pesar de aparentar un remedio útil en material arbitral, posee ciertos cuestionamientos que disminuyen su aplicación.En el presente artículo, los autores analizan este tipo de medidas para dar respuesta a los distintos cuestionamientos que limitan su aplicación con la finalidad de comprobar su eficiencia y validez. Asimismo, evalúan sus requisitos bajo la práctica arbitral internacional para corroborar si se ajustan o no al marco normativo peruano.

Highlights

  • The Peruvian Arbitration Law was inspired by the UNCITRAL Model Law on International Commercial Arbitration

  • The authors analyze such measures to address the questioning that limit its application to verify their efficiency and validity. It assesses its requirements under international arbitration practice to corroborate whether they conform to the Peruvian regulatory framework

  • Debido a que, si se espera a la constitución del tribunal arbitral, para pedir dicha medida cautelar, la demora en la constitución podría convertir en ineficiente a la medida

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Summary

INTRODUCCIÓN

Cuando las partes incluyen una cláusula arbitral en sus contratos, sus intenciones son que cualquier controversia relacionada al contrato sea resuelta en un arbitraje. 15 La Ley de Arbitraje peruana, en su artículo 47.2.b), estipula lo siguiente: Por medida cautelar se entenderá toda medida temporal, contenida en una decisión que tenga o no forma de laudo, por la que, en cualquier momento previo a la emisión del laudo que resuelva definitivamente la controversia, el tribunal arbitral ordena a una de las partes...b. Que adopte medidas para impedir algún daño actual o inminente o el menoscabo del proceso arbitral, o que se abstenga de llevar a cabo ciertos actos que probablemente ocasionarían dicho daño o menoscabo al proceso arbitral (2008). La competencia del tribunal arbitral, que surge del acuerdo de arbitraje, solo se extiende a las partes que consintieron dicho acuerdo, mas no a la competencia de las cortes judiciales

REQUISITOS PARA DICTAR UNA MEDIDA ANTI-PROCESO
CUESTIONAMIENTOS A LAS MEDIDAS ANTIPROCESO
Escenario 1: el proceso judicial paralelo involucra a terceros
Escenario 2
CONCLUSIONES
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